septiembre 2, 2019

Cuestiones frecuentes

CALENDARIO ESCOLAR 2024-2025

NORMATIVA

Recopilatorio de la normativa educativa de Educantabria y normativa

VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS

Acuerdo en materia de vacaciones, permisos y licencias del profesorado de la enseñanza pública no universitaria en BOC | Enlace
PERMISOS
MotivoTiempoRetribuciónObservacionesSolicitud
2.1.
Accidente o enfermedad grave
Primer grado:
5 días hábiles consecutivos*
7 en el extranjero
 
Segundo grado:
4 días hábiles consecutivos
6 en el extranjero

*modificado en el artículo 48 del EBEP
100%Familiar de 1er grado: padres, hijos, cónyuge o pareja de hecho, suegros, yernos, nueras, padrastros, hijastros o persona distinta de las anteriores que conviva en el mismo domicilio.
Familiar de 2º grado: hermanos, abuelos, nietos, cuñados, abuelos del cónyuge o pareja de hecho, cónyuges de los nietos, hermanastros, abuelastros y nietastros.
No son días hábiles los sábados, los domingos y los festivos.
Intervención quirúrgica (hospitalaria y ambulatoria), hospitalización (internamiento y domiciliaria), enfermedad grave acreditada mediante informe médico, requerimiento de cuidados especiales tras hospitalización o fase de gravedad acreditados mediante informe médico, parto y cesárea.
Enfermedad grave y cuidados especiales se acreditan con informe de Inspección Médica de Consejería.
Se puede ejercitar en el plazo de un mes desde el hecho causante si se mantiene la situación.
Yedra.
 
Justificante, libro de familia, resolución judicial, certificado de convivencia, informe médico, documentos traducidos por Traductor Jurado, etc.
 
Plazo: 10 días hábiles desde el fin.
2.1.
Fallecimiento
Primer grado:
3 días hábiles consecutivos en misma localidad,
5 en distinta y
7 en el extranjero
 
Segundo grado:
2 en misma localidad,
4 en distinta y
6 en el extranjero
100%Familiar de 1er grado: padres, hijos, cónyuge o pareja de hecho, suegros, yernos, nueras, padrastros, hijastros o persona distinta de las anteriores que conviva en el mismo domicilio.
Familiar de 2º grado: hermanos, abuelos, nietos, cuñados, abuelos del cónyuge o pareja de hecho, cónyuges de los nietos, hermanastros, abuelastros y nietastros.
No son días hábiles los sábados, los domingos y los festivos.
La localidad de referencia es la que tenga asignada el centro en el concurso de traslados.
El fallecimiento computa desde el día siguiente si se ha completado la mitad del horario.
Interrumpe al permiso por accidente o enfermedad grave.
Yedra.
 
Certificado de defunción, libro de familia, resolución judicial, documentos traducidos por Traductor Jurado, etc.
 
Plazo: 10 días hábiles desde el fin.
2.2.
Traslado de domicilio
1 día hábil en misma localidad
 
2 días hábiles en distinta
100%Se considera domicilio el lugar que satisfaga las necesidades permanentes de vivienda de la persona interesada.
Comunicar al centro en cuanto se sepa la fecha en que se vaya a disfrutar del permiso.
Yedra.

Factura de mudanza o contrato alquiler y empadronamiento o recibos.

Plazo: 10 días hábiles desde el fin.
2.3. Funciones representativasTiempo necesario100%Funciones sindicales o de representación del personal.
Para funcionariado de carrera o personal interino en vacante.
Consejería.
2.4. ExámenesDías necesarios
(incluye desplazamientos)
100%Exámenes obligatorios o finales, parciales liberatorios, pruebas definitivas de aptitud y evaluación en centros oficiales y las pruebas selectivas convocadas por las administraciones públicas.
Si es en día no lectivo no se solicita, salvo que requiera desplazamiento.
Solicitar con una antelación de al menos 10 días hábiles.
Yedra.

Justificante.

Plazo: 10 días hábiles desde el fin
2.5. Exámenes prenatales,  adopción y reproducción asistidaTiempo necesario100%Exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto a embarazadas. Para el otro progenitor está supeditado a las necesidades del servicio, la denegación debe estar motivada.
Adopción o guarda y acogimiento: asistencia a sesiones de información y preparación y realización de informes para la declaración de idoneidad.
Tratamientos con técnicas de reproducción asistida.
Yedra.

Justificante (entregar con la solitud si es posible).

Plazo: 10 días hábiles.
2.6.
Lactancia
1 hora/día de trabajo durante el primer año del bebé100%Se podrá acumular en días completos tras el permiso por nacimiento o tiempo equivalente. Proporcional al nombramiento para el personal en vacante. No acumulable en sustituciones.
En situación de excedencia no se genera este permiso.
Se podrá dividir en dos fracciones si se une a reducción de jornada por razones de guarda legal.
Se situará al inicio o al final de la jornada y el centro evitará que coincida con docencia directa.
Se incrementará proporcionalmente en caso de parto, adopción, guarda o acogimiento múltiple.
No se puede transferir al otro progenitor, adoptante, guardador o acogedor.
Se podrá participar en los cursos de formación que reconozca la Administración.
Yedra.
 
Si se acumula RH-03 en Consejería.
2.7.
Nacimiento de prematuros
2 horas al día máximo100%Por nacimiento de bebé prematuro u hospitalizado tras el parto.
A disfrutar por el funcionario o la funcionaria.
El centro procurará evitar que coincidan con docencia directa.
Compatible con la reducción de jornada de hasta 2 horas con disminución de retribuciones.
RH-02 en Consejería
2.8.
Deber inexcusable
Tiempo necesario100%Expedición y renovación de documentos oficiales y citaciones judiciales o administrativas siempre que no se puedan realizar fuera del horario de trabajo y cuyo incumplimiento genere una responsabilidad de índole penal, civil o administrativa.Yedra.

Plazo: 10 días hábiles desde el fin.
2.8.
Deber inexcusable
Tiempo necesario100%Cuidados domiciliarios a hijos/as menores enfermos o familiar incapacitado judicialmente al tutor legal, acreditado por informe médico que recoja el periodo estimado. Se debe acreditar que el otro progenitor trabaja. Si ambos son funcionarios, solo uno disfrutará este permiso.
Cargo electo en una Corporación Local: asistencia a cada Pleno, Junta de Gobierno o Comisión.
Comunicar al centro con antelación.
RH-02 en Consejería
 
Justificante, libro de familia, resolución judicial, informe médico, informe de vida laboral, etc.
 
Plazo: 10 días hábiles desde el fin.
2.9.
Conciliación de la vida familiar y laboral

Consulta médica familiar
Tiempo necesario100%Consulta médica de un hijo/a menor o familiar de primer grado dependiente si no hay asistencia fuera de la jornada laboral.
Si ambos progenitores son funcionarios de Cantabria, solo uno disfrutará este permiso.
Comunicar al centro con antelación.
Yedra.

Justificante, libro de familia, resolución judicial, etc.

Plazo: 10 días hábiles.
2.9.
Conciliación de la vida familiar y laboral

Flexibilidad horaria
Curso escolar100%Para funcionariado con hijo/a menor o familiar de primer grado dependiente.
Supeditado a las necesidades del servicio, la denegación debe estar motivada.
Yedra.

Plazo: primer día hábil de septiembre.
2.10.
Consulta médica
Tiempo necesario100%Comunicar al centro con antelación.Yedra.
Justificante.
Plazo: 10 días hábiles.
2.11.
Nacimiento para la madre biológica
16 semanas
 
1 semana más por cada menor con discapacidad
 
1 semana más por cada menor en parto múltiple
100%Las 6 semanas posteriores al parto son obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa.
Las restantes semanas se disfrutarán, por periodos de semanas completas, durante el primer año del menor si ambos progenitores trabajan, avisando con al menos 15 días.
Se podrá disfrutar a jornada completa o parcial, cuando las necesidades del servicio lo permitan.
Si se fracciona el permiso y coincide con vacaciones, éstas se disfrutarán justo después del primer periodo del permiso o de los sucesivos (si los días entre ellos son inferiores).
Si fallece la madre pasa al otro progenitor.
Si el neonato debe permanecer hospitalizado se ampliará esos días, máximo 13 semanas.
En caso de fallecimiento se mantiene el permiso, salvo que se solicite y tras el periodo obligatorio.
Se podrá participar en los cursos de formación que reconozca la Administración a excepción de las primeras semanas obligatorias.
Las interinas podrán obtener vacante de curso completo en las adjudicaciones, con efectos administrativos desde el inicio de curso y económicos desde su toma de posesión.
RH-03 en Consejería.
 
Acreditación del nacimiento.
 
Informe de vida laboral del otro progenitor (para disfrute interrumpido).
 
Copia de la solicitud de la prestación de la Seguridad Social (interinos).
2.12.
Adopción, guarda y acogimiento (mínimo 1 año)
16 semanas
 
1 semana más por cada menor con discapacidad
 
1 semana más por cada menor en parto múltiple
100%Las 6 semanas posteriores a la resolución judicial de adopción o de la decisión administrativa de guarda o acogimiento son obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa.
Las restantes semanas se disfrutarán, por periodos de semanas completas, durante el primer año del menor si ambos progenitores trabajan, avisando con al menos 15 días.
Se podrá disfrutar a jornada completa o parcial, cuando las necesidades del servicio lo permitan.
Si se fracciona el permiso y coincide con vacaciones, éstas se disfrutarán justo después del primer periodo del permiso o de los sucesivos (si los días entre ellos son inferiores).
En los casos de adopción o acogimiento internacional el permiso podrá comenzar hasta 4 semanas antes de la resolución judicial o la decisión administrativa. Si precisan el desplazamiento a otro país tendrán otro permiso de hasta 2 meses percibiendo solo las retribuciones básicas.
Se podrá participar en los cursos de formación que reconozca la Administración.
RH-03 en Consejería.
 
Decisión judicial o administrativa.
 
Informe de vida laboral del otro progenitor (para disfrute interrumpido).
 
Copia de la solicitud de la prestación de la Seguridad Social (interinos).
2.13.
Progenitor diferente a la madre biológica por nacimiento, guarda, acogimiento o adopción
16 semanas
 
1 semana más por cada menor con discapacidad
 
1 semana más por cada menor en parto múltiple
100%Las 6 semanas posteriores al nacimiento, a la resolución judicial de adopción o de la decisión administrativa de guarda o acogimiento son obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa.
Las restantes semanas se disfrutarán, por periodos de semanas completas, durante el primer año del menor si ambos progenitores trabajan, avisando con al menos 15 días.
Por nacimiento, si se disfruta después de la semana 16 y si se acumula la lactancia primero se disfruta la lactancia y luego el permiso por nacimiento.
Se podrá disfrutar a jornada completa o parcial, cuando las necesidades del servicio lo permitan.
Si se fracciona el permiso y coincide con vacaciones, éstas se disfrutarán justo después del primer periodo del permiso o de los sucesivos (si los días entre ellos son inferiores).
Si el neonato debe permanecer hospitalizado se ampliará esos días, máximo 13 semanas.
En caso de fallecimiento se mantiene el permiso, salvo que se solicite y tras el periodo obligatorio.
Se podrán hacer cursos de formación de la Administración salvo en las semanas obligatorias.
Artículo 49 del EBEP, su disposición transitoria novena y el Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo.
RH-03 en Consejería.
 
Acreditación del nacimiento o decisión judicial o administrativa.
 
Informe de vida laboral del otro progenitor (para disfrute interrumpido).
 
Copia de la solicitud de la prestación de la Seguridad Social (interinos).
2.14.
Por violencia de género a la mujer
Tiempo necesario100%En las condiciones en que así lo determinen los servicios sociales de atención o de salud.
También podrán reducir la jornada con disminución proporcional de la retribución o la reordenación del tiempo de trabajo.
Para reducciones de 1/3 o inferiores las retribuciones son íntegras.
No hay modelo oficial.
 
En Consejería.
2.15.
Cuidado de hijo/a menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave
Tiempo necesario100% *Si ambos progenitores trabajan se puede reducir al menos la mitad de la jornada para cuidado directo, continuo y permanente acreditado por informe médico.
* Solo uno de los dos podrá beneficiarse de la prestación establecida para este fin en el Régimen de la Seguridad Social, el otro se puede reducir la jornada con la reducción de retribuciones.
Si ambos prestan servicios en el mismo órgano o entidad, ésta podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones fundadas en el correcto funcionamiento del servicio.
RH-02 en Consejería.
 
Informe médico.
2.16.
Por hijos/as con discapacidad
2 horas de flexibilidad horaria100%Para conciliar con horarios de centros de educación especial.
Supeditado a las necesidades del servicio.
Yedra.
Plazo: primer día hábil de septiembre.
2.17.
Matrimonio o pareja de hecho
15 días
naturales consecutivos
100%El día de la boda o inscripción debe estar incluido.
Se puede acumular a vacaciones o a otros permisos.
Para matrimonios en el extranjero el periodo computa desde la inscripción en el Registro Civil.
Si se ha disfrutado por pareja de hecho no se podrá pedir por matrimonio con la misma persona.
RH-02 en Consejería.

Matrimonio: certificado de inscripción en el Registro Civil o libro de familia.
Pareja de hecho: inscripción en el registro oficial de uniones de hecho.

Plazo: 10 días hábiles.
2.18.
Bodas de familiares
1 día100%Asistir a bodas de familiares de primer grado el día de la celebración del enlace.Yedra.
Certificado de inscripción en el Registro Civil o libro de familia.
Plazo: 10 días hábiles.
2.19. Divorcio, separación o nulidad2 días100%Con motivo de divorcio, separación legal o nulidad matrimonial.
Para realizar gestiones o trámites no incluidos en el concepto de deber inexcusable.
Previa justificación de su necesidad y cuando no se puedan realizar fuera del horario de trabajo.
Yedra.

Plazo: 10 días hábiles.
2.20. Colaboración con ONG1 a 6 meses ampliables0%ONGs debidamente inscritas en el registro correspondiente.
Para funcionarios de carrera e interinos en vacante (durante todo el permiso).
Se podrá denegar si el comienzo del permiso pudiera afectar a los períodos de evaluaciones.
RH-02 en Consejería.
Certificación de inscripción y memoria.

Plazo: 1 mes preferiblemente.
2.21.
Asuntos particulares retribuidos
 
Moscosos
2 días por curso100%Condicionado a las necesidades del servicio.
Se deniega en los días próximos a vacaciones (7 primeros y últimos días lectivos del curso, 5 días lectivos anteriores y posteriores a vacaciones o periodos no lectivos), en evaluaciones, en julio a miembros de tribunales de OPE y si se ha sido convocado a alguna actividad obligatoria.
Permisos a conceder según claustro (descontando docentes en IT): hasta 20 docentes 1 permiso, de 20 a 40 son 2, de 41 a 60 son 3, de 61 a 80 son 4 y de más de 80 son 5. En días no lectivos hasta el 30% del claustro. Si hay más solicitudes que permisos se conceden según la necesidad o carácter urgente alegado, el haber disfrutado ya del permiso durante el curso, el día de presentación de la solicitud, la antigüedad en el centro y la antigüedad en el cuerpo.
Para vacantes sobrevenidas a partir del 31 de diciembre y para sustituciones los permisos son proporcionales al tiempo trabajado en el curso, acreditado mediante Hoja de Servicios con CSV: de 90 a 209 días con nombramiento es 1 día de permiso y a partir de 210 son 2 permisos.
Para profesorado itinerante y que comparte centro debe cumplir los requisitos en todos los centros a los que deba acudir el día del permiso. Solicitud a la dirección del centro de referencia.
Yedra / Gestión / Personal / Relación de permisos y licencias.
 
Plazo: antelación de 10 días hábiles.
2.22.
Permiso parcialmente retribuido
5 cursos consecutivos80%Se prestará servicio durante los cuatro primeros cursos y el quinto se disfrutará el permiso.
Las condiciones y requisitos se establecerán en las correspondientes convocatorias.
Para personal funcionario de carrera con al menos 15 años de antigüedad en Cantabria.
Se permanecerá en activo, conservando destino y computando antigüedad y derechos pasivos.
Según convocatoria correspondiente.
LICENCIAS
MotivoTiempoRetribuciónObservacionesSolicitud
4.1.1.
Enfermedad, riesgo durante el embarazo o la lactancia que de lugar a Incapacidad Temporal (IT) 
El tiempo necesario
 
Máximo 18 meses
100%-Personal de Seguridad Social: sólo deben avisar al centro.
-Personal funcionario de MUFACE:
Entregar en el centro los originales de los partes médicos en formato MUFACE, con el código de la enfermedad (CIE-10), aunque la asistencia sea de la Seguridad Social.
Enviar copias de los partes médicos (escaneado o foto) por correo electrónico:
Cuerpo de Maestros: soportepartemedicoprimaria@educantabria.es
Resto de cuerpos: soportepartemedicosecundaria@educantabria.es
A partir de los 90 días de baja, para cobrar el 100% de retribuciones, debe solicitar a MUFACE el subsidio y el certificado para el cálculo de las retenciones del IRPF y solicitar a la Consejería que complete las retribuciones.
Avisar al centro lo antes posible.

Sólo personal de MUFACE:
Parte médico baja/confirmación/alta.
 
Plazo: 3 días hábiles desde la expedición del parte.
4.1.2.
Formación durante jornadas lectivas
Según convocatoria100%*Para participar (asistente y ponente) en las actividades de formación del profesorado a que se refiere el artículo 114 de la Ley 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria.
Máximo dos personas por centro por actividad, salvo que quede establecido en la convocatoria.
Máximo dos actividades y no más de cuatro días de ausencia por curso, salvo autorización.
Si hay más de dos solicitudes tiene preferencia quien no haya recibido formación ese curso y, en segundo lugar, quien no haya recibido formación el curso anterior.
Asistente: la dirección del centro tramita las solicitudes a R.R.H.H. y éste, con el informe de la Unidad Técnica, resuelve y comunica a la dirección del centro y a la persona interesada.
Ponente en actividades organizadas por nuestra Administración educativa: no se necesita solicitud. La D.G. responsable de la formación del profesorado elabora el informe para Recursos Humanos, que resuelve y comunica a la dirección del centro y a la persona interesada.
Ponente en actividades organizadas por otras Administraciones, organismos o asociaciones: la dirección del centro tramita la solicitud a R.R.H.H. y éste, con el informe de la D.G. responsable de la formación, resuelve y comunica a la dirección del centro y a la persona interesada.
*Si es retribuida se tramita como permiso por asuntos propios sin retribución.
RH-02 en Consejería.
 
Programa de la actividad.
 
Plazo: 1 mes de antelación.
4.2.
Asuntos propios
No podrá exceder de 3 meses cada 2 años0%Condicionado a las necesidades del servicio.
No se concede cuando esté próximo a vacaciones, comienzo y fin de curso.
Máximo: 3 meses cada 2 años para el funcionariado, 45 días por curso para personal interino con vacante (proporcional para nombramientos de menor tiempo) y 1 día por curso para sustituciones.
Para 5 o más días hábiles consecutivos se incluyen los días de descanso correspondientes.
RH-02 en Consejería.
 
Informe de la dirección del centro.
REDUCCIONES DE JORNADA
MotivoTiempoRetribuciónObservacionesSolicitud
3.1.1. Cuidado de familiar de primer gradoHasta el 50% de la jornada
1 mes máximo
100%Si hay más de un titular se puede prorratear entre ellos respetando el plazo máximo de un mes.
No aplicable a personal interino en sustitución.
RH-02 en Consejería.
3.2.1. Nacimiento de hijos/as prematuros2 horas diarias máximoDisminución proporcionalPor nacimiento de prematuro u hospitalizado tras el parto.
A disfrutar por el funcionario o la funcionaria.
Compatible con el permiso de ausencia de un máximo de dos horas con retribuciones íntegras.
RH-02 en Consejería.
3.2.2.
Guarda legal
Reducción de
1/3 ó 1/2 de la jornada
por bimestre
Disminución proporcionalCuidado de menor de 12 años, persona mayor que requiera especial dedicación o persona discapacitada dependiente que no desarrolle actividad retribuida.
Incompatible con cualquier otra actividad, remunerada o no, durante el horario de reducción.
También para cuidado directo de un familiar hasta de segundo grado que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo y que no desempeñe actividad retribuida.
Si varios funcionarios/as de Cantabria generasen este derecho por el mismo sujeto, la Administración podrá limitar su ejercicio simultáneo por necesidades del servicio.
Para el personal funcionario de carrera que no posea horario completo de su especialidad la concesión tendrá una duración igual al curso completo.
Se concede por cada bimestre, salvo que la causa que haya motivado la concesión finalice antes.
Se puede solicitar para todo el curso y renunciar a ella 10 días antes del comienzo del bimestre.
La disminución afectará a la totalidad de la jornada laboral docente establecida por la normativa, repercutiendo de manera proporcional en los distintos periodos que la conforman.
RH-02 en Consejería.
 
Justificante (Libro de Familia, Certificado de la Seguridad Social, INEM, INSS… según proceda).
 
Plazo: 10 días hábiles antes del comienzo del bimestre.
3.2.3.
Recuperación de enfermedad
Reducción de
1/3 ó 1/2 de la jornada
por bimestre
Disminución proporcionalReincorporación paulatina al puesto de trabajo por recuperación de enfermedad.
Se concede hasta finalizar un bimestre escolar, como en el apartado anterior.
La disminución afectará a la totalidad de la jornada laboral docente establecida por la normativa, repercutiendo de manera proporcional en los distintos periodos que la conforman.
RH-02 en Consejería.
 
Informe médico.
3.2.4.
Mayores de 55 años
Reducción de
1/3 ó 1/2 de la jornada
por bimestre
Disminución proporcionalSi las necesidades del servicio lo permiten.
Se puede solicitar para todo el curso y renunciar a ella 10 días antes del comienzo del bimestre.
RH-02 en Consejería.
Plazo: 10 días hábiles antes del comienzo del bimestre.
Aplicación al personal interino: Con vacante a jornada completa disfrutará la reducción en los mismos términos. En sustitución las reducciones estarán condicionadas a la finalización del nombramiento.
EXCEDENCIAS
MotivoTiempoRetribuciónObservacionesSolicitud
Interés particularMínimo 2 años (o modificaciones autonómicas del EBEP)0%Es necesario 5 años inmediatamente previos de servicios efectivos en la Administración.
Subordinada a las necesidades de servicio.
NO computa a efectos de ascensos, trienios y derechos en el régimen de Seguridad Social.
RH-05 en Consejería.
Agrupación familiarNo se especifica0%Cuando el cónyuge resida en otra localidad y desempeñe un puesto de trabajo de carácter definitivo como funcionario de carrera o como laboral fijo en cualquier Administración.
NO computa a efectos de ascensos, trienios y derechos en el régimen de Seguridad Social.
RH-05 en Consejería.
 
Libro de Familia.
Cuidado de familiaresCuidado de hijo/a hasta que cumpla 3 años
 
Familiar dependiente máximo 3 años
0%Cuidado de familiar dependiente hasta segundo grado que no desarrolle actividad retributiva o inferior al salario mínimo.
El periodo de excedencia será único por cada sujeto causante.
Si dos o más funcionarios de Cantabria generan este derecho por el mismo sujeto, la Administración puede limitar su ejercicio simultáneo por necesidades del servicio.
Computa a efectos de trienios, carrera y derechos en el régimen de Seguridad Social.
Los 2 primeros años se reserva el destino, después un puesto con misma localidad/retribución.
Se puede participar en cursos de formación.
RH-05 en Consejería.
 
Justificante: Libro de Familia, certificado del IMSERSO, INEM, INSS… según proceda).
Violencia de géneroNo se exige plazo de permanencia100% durante los 2 primeros mesesSe percibirán, en su caso, prestaciones familiares por hijo/a a cargo.
Los 6 primeros meses se reserva el puesto (ampliable a 18 meses por actuaciones judiciales).
Computa a efectos de trienios, carrera y derechos en el régimen de Seguridad Social.
RH-05 en Consejería.
 
Documentación que proceda.
Violencia terroristaNo se exige plazo de permanencia100% durante los 2 primeros mesesPara funcionariado que haya sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista, así como los amenazados en los términos del artículo 5 de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, previo reconocimiento del Ministerio del Interior o de sentencia judicial firme.
Mientras se precise para la protección y asistencia social integral de la persona por razón de las secuelas o por la amenaza a la que se encuentra sometida.
Se percibirán, en su caso, prestaciones familiares por hijo/a a cargo.
Los 6 primeros meses se reserva el puesto (ampliable a 18 meses por actuaciones judiciales).
Computa a efectos de trienios, carrera y derechos en el régimen de Seguridad Social.
RH-05 en Consejería.
 
Documentación que proceda.
Aplicación al funcionariado interino: Solo en el caso de cuidado de un hijo/a menor, que lleven ocupando una vacante los 5 años previos. La duración máxima, así como la reserva del puesto, está limitada por la fecha de finalización del nombramiento, extendiéndose en el tiempo hasta el tope legalmente previsto en el caso de nombramientos sucesivos.
VACACIONES
MotivoTiempoRetribuciónObservacionesSolicitud
Vacaciones22 días hábiles/año
 
En agosto
100%En caso de baja por IT, de permiso (paternidad, maternidad, adopción, acogimiento o lactancia) o licencia por riesgo durante el embarazo o la lactancia o de que surja alguna situación de las citadas, se disfrutarán inmediatamente después de que finalice la situación si no han pasado más de 18 meses contados desde el 31 de agosto del año que corresponda.
En caso de permiso se solicita al mismo tiempo que las vacaciones y en los restantes al alta.
Para periodos trabajados inferiores a un curso (sustituciones o vacantes sobrevenidas) corresponden los días proporcionales. Se liquidan al finalizar el nombramiento.
RH-02 en Consejería.

PERMISOS Y LICENCIAS

Resolución de 20 de mayo de 2019, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 16 de mayo de 2019, por el que se aprueba el Acuerdo entre la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria y las Organizaciones Sindicales, en materia de vacaciones, permisos y licencias del profesorado de la enseñanza pública no universitaria.

Manual para solicitar permisos y licencias en Yedra.

Instrucciones sobre situaciones de incapacidad temporal (IT).
Las personas de la Seguridad Social NO tienen que entregar los partes de baja desde abril de 2023.
Las personas de MUFACE seguirán enviando el parte de baja, aunque su asistencia sanitaria sea de la Seguridad Social.

Instrucciones maternidad, paternidad y lactancia

Instrucciones renuncia a reducciones de jornada y modelo renuncia reducción de jornada

Información Modelo de Incapacidad Temporal MUFACE

RH 01 – Solicitud de licencia por enfermedad, riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural

RH 02 – Solicitud general de vacaciones, permisos y licencias

RH 03 – Solicitud de permiso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, y lactancia acumulada

RH 04 – Solicitud de permisos y licencias ante la dirección de los centros

RH 05 – Solicitud de cambio de situación administrativa

Direcciones de correo para realizar consultas relativas a licencias y permisos:

NÓMINAS

Resolución de 1 de agosto de 2024, de la dirección general de Personal Docente, por la que se dictan instrucciones en relación con las nóminas del personal docente no universitario y se actualizan para el año 2024 las cuantías de las retribuciones complementarias. | Enlace
RETRIBUCIONES   (básicas + complementarias – retenciones)
 MaestrosProfesores Técnicos de FP / Especialistas FPSecundaria / EOI / ConservatorioCatedráticos
Retribuciones básicasSueldo base1.147,351.147,351.326,901.326,90
Cada Trienio40,8340,8350,0750,07
Retribuciones complementariasComplemento de destino596,11734,11734,11879,33
Complemento específicoComponente general837,03837,03837,03899,37
Fomento a la formaciónPara personal sin sexenios: 34,21
Formación permanente (SEXENIOS) 
Importe104,1288,2117,53160,8547,36
Acumulado104,12192,32309,85470,70518,06
Componente singularTabla aparte
RetencionesMUFACE40,6840,6851,6851,68
IRPFSegún situación personal, calculadora:
https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PRET-R200/index.zul
RETRIBUCIONES ÍNTEGRAS POR TIPOS DE JORNADA (SIN ANTIGÜEDAD)   Retribuciones básicas sin trienios + Retribuciones complementarias sin sexenios
 Jornada completa⅔ jornada½ jornada⅓ jornada
Maestros2.614,701.743,131.307,35871,56
Profesores Técnicos de FP2.752,701.835,131.376,35917,56
Secundaria / EOI / Conservatorio2.932,251.954,831.466,12977,41
PAGAS EXTRAORDINARIAS (solo cambian las retribuciones básicas)
 Maestros / Profesores EspecialistasSecundaria / EOI / Conservatorio / Catedráticos
Sueldo base818,82836,78
Cada Trienio30,3731,53
CENTROS DE INFANTIL,  PRIMARIA, CEPA y CRA (según unidades)
 Inferior a 3De 3 a 6De 7 a 14De 15 a 20De 21 a 30Más de 30
Dirección115,18267,51438,48593,04819,48905,30
Otros cargos240,37327,13337,97359,66
CENTROS DE SECUNDARIA y EOI (según alumnado)
 Inferior a 250Entre 250 y 549Entre 550 y 949Más de 950Especial
Dirección779,73861,33951,461.104,621,279,32
Otros cargos337,97392,22544,13554,88578,06
OTROS PUESTOS SINGULARES
Maestro en CRA82,73Maestro en IES y en Secundaria para Adultos138,07
Jefatura de Departamento82,73Jefatura de Estudios Adjunta Primaria187,37
Profesorado en Instituciones Penitenciarias138,07Jefatura de Estudios Adjunta Secundaria296,38

¿Qué hacer en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional?


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