Compendio 2

Os proporcionamos este segundo compendio a modo de resumen de la información que os hemos hecho llegar hasta el momento a través de los diferentes medios de comunicación que el TÚ emplea para trasmitiros información (WEB, correo electrónico y WhatsApp).

BOE 18/03/2020. REAL DECRETO 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

OJO con la nueva redacción de la DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que quedaría como sigue:

Disposición adicional tercera. Suspensión de plazos administrativos.

1. Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

2. La suspensión de términos y la interrupción de plazos se aplicará a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. No obstante lo anterior, el órgano competente podrá acordar, mediante resolución motivada, las medidas de ordenación e instrucción estrictamente necesarias para evitar perjuicios graves en los derechos e intereses del interesado en el procedimiento y siempre que éste manifieste su conformidad, o cuando el interesado manifieste su conformidad con que no se suspenda el plazo.

4. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, desde la entrada en vigor del presente real decreto, las entidades del sector público podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.

REDACCIÓN ANTERIOR.

4. La presente disposición no afectará a los procedimientos y resoluciones a los que hace referencia el apartado primero, cuando estos vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma.

5. La suspensión de los términos y la interrupción de los plazos a que se hace referencia en el apartado 1 no será de aplicación a los procedimientos administrativos en los ámbitos de la afiliación, la liquidación y la cotización de la Seguridad Social. NUEVO

6. La suspensión de los términos y la interrupción de los plazos administrativos a que se hace referencia en el apartado 1 no será de aplicación a los plazos tributarios, sujetos a normativa especial, ni afectará, en particular, a los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias. NUEVO

BOE 18/03/2020. REAL DECRETO-LEY 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.NUEVO

ANUNCIOS, INFORMACIÓN, ACLARACIONES Y MEDIDAS ADICIONALES

16/03/2020. SERVICIO DE TELETRABAJO. MANUAL para el uso del Servicio de Teletrabajo en la Red Corporativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Versión: 01.01. Dirección General de Organización y Tecnología Consejería de Presidencia y Justicia.

16/03/2020. SCS. INDICACIONES GENERALES A TENER EN CUENTA POR PARTE DE TODOS LOS PROFESIONALES DE LOS EQUIPOS DE ATENCIÓN PRIMARIA Y SUAP FRENTE A LA ACTUACIÓN DE LA PANDEMIA DE CORONAVIRUS, (COVID-19).

Indicaciones y medidas elaboradas por la Gerencia de Atención Primaria de Cantabria, para el desempeño de las actividades profesionales con el objeto de proteger la salud de los usuarios y los trabajadores de la sanidad.

17/03/2020. MINISTERIO DE SANIDAD. Información CORONAVIRUS Información actualizada sobre el brote.

17/03/2020. INFORMACIÓN REMITIDA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA

INFORMACIÓN. Por parte del Servicio Central de Prevención de Riesgos Laborales se están revisando los protocolos actualizados por el Ministerio de Sanidad. La última actualización del PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN FRENTE A CASOS DE INFECCIÓN POR EL NUEVO CORONAVIRUS (SARS-CoV-2) (https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/documentos/Procedimiento_COVID_19.pdf) es de 15 de marzo de 2020.

Igualmente, se ha estado en contacto con los tres CAD para el seguimiento, apoyo y asesoramiento que sea necesario.

ALTAS, BAJAS Y CONFIRMACIONES

Hemos consultado a la Consejería de Sanidad sobre la posibilidad de que desde los Centros de Salud se expidieran los documentos de alta, baja y confirmación y se remitieran por medios electrónicos a los interesados. Nos informan que están analizando las posibilidades de hacerlo así. De hecho, tenemos la confirmación de que al menos a tres de las trabajadoras en aislamiento preventivo les han indicado que remitirán los partes de baja por medios electrónicos.

 Por nuestra parte, la indicación que damos respecto de la tramitación de los partes de alta, baja y confirmación, es que se los trabajadores comuniquen inmediatamente cualquier incidencia, y presenten los partes de la forma más inmediata posible en los lugares habituales (Secretarías Generales o centros), preferentemente por medios electrónicos, especialmente en los casos de partes de baja y confirmación de baja, presentando los originales en el momento en que resulte posible. En todo caso, la indicación a los interesados debe ser que no se desplacen innecesariamente por este motivo y utilicen los medios alternativos indicados.

Ha surgido alguna duda respecto de la forma de tramitar estas bajas, ya que en algún Centro de Salud han indicado al trabajador que la baja compete expedirla a la Mutua por tener la consideración de accidente de trabajo. Hemos confirmado que la baja tiene que ser expedida por el médico del Centro de Salud. 

Se ha solicitado a la Consejería de Sanidad informen a los Centros de Salud y ya nos han informado que tienen elaborado documento aclaratorio respecto del procedimiento a seguir para la expedición de bajas, que remitirán a los Centros de Salud.

Conviene aclarar que las bajas en todo caso lo serán por contingencia común, si bien tendrán la consideración, exclusivamente a efectos de la prestación económica, de contingencia profesional, tal y como viene recogido en el artículo Quinto del Real Decreto-Ley 6/2020, de 10 de marzo (BOE 11/3/2020).

SALUD LABORAL

Se realizarán sólo los reconocimientos médicos imprescindibles.

LIMPIEZA EN CENTROS EDUCATIVOS

Desde el sindicato tú estamos trabajando para que se tomen las medidas oportunas en esta cuestión.

Cualquier incidencia o duda que se pueda plantear, estamos en contacto.

 16/03/2020. Santander suspende la OLA mientras dure el estado de alarma

INFORMACIÓN. Según informa EP Cantabria y Europa PRESS, el Ayuntamiento de Santander ha suspendido la OLA mientras dure el estado de alarma, por lo que dicho estacionamiento en la ciudad quedará como zona libre sin ninguna restricción.


ÚLTIMAS DENUNCIAS DEL SINDICATO TÚ

18/03/2020. EMPLEADOS DE SERVICIO DE LOS CENTROS ADSCRITOS A LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN.

ESCRITO-DENUNCIA remitido a la Directora General de Función Pública, Consejera de Educación y Secretaría General de la Consejería de Educación, EXIGIENDO QUE LOS EMPLEADOS DE SERVICIO DE LOS CENTROS ADSCRITOS AL A CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN QUE PERMANECEN CERRADOS DURANTE EL TIEMPO QUE DURE EL ESTADO DE ALARMA NO TENGAN QUE ACUDIR A SUS TRABAJOS A REALIZAR LIMPIEZAS PARA DESINFECCIÓN.

EL SINDICATO TÚ PIDE A EDUCACIÓN QUE NO SE LIMPIEN AHORA LOS CENTROS EDUCATIVOS.NOTA DE PRENSA.

PINCHAR ENLACES:

https://www.ifomo.es/articulo/cantabria/cantabria-coronavirus-pide-educacion-limpien-ahora-centros-educativos/20200318134907130591.html

https://m.eldiario.es/cantabria/ultima-hora/Educacion-limpien-ahora-centros-educativos_0_1007199831.html

https://www.20minutos.es/noticia/4192132/0/tu-pide-a-educacion-que-no-se-limpien-ahora-los-centros-educativos/

SITUACIÓN DE LOS CENTROS DEL ICASS: Nos hemos puesto en contacto con la Consejera de Empleo y Política Social para expresarle nuestra más enérgica protesta por la falta de medidas organizativas que se están haciendo notar en sus Centros, sobre todo, en el CAD Sierrallana, donde la implantación de las medidas necesarias acordes con la situación que estamos padeciendo se hace esperar. Del resto de Centros del ICASS hemos trasladado medidas concretas que se van materializando, además de exigir que llegue la dotación de medios urgente.