El Gobierno de Cantabria ha publicado hoy en un BOC extraordinario, la Resolución por la que se aprueba la segunda modificación de la Resolución de la Consejería de Sanidad de 18 de junio de 2020 por la que se establecen las medidas sanitarias aplicables en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el período de nueva normalidad, imponiendo nuevas medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.
Dichas medidas afectan a las siguientes actividades:
GRUPOS.- máximo de 15 personas, excepto en el caso de personas convivientes. Surtirá efectos a las 00.00 horas del día 26 de julio de 2020
REGISTRO DE PERSONAS.– Los titulares de hoteles y alojamientos turísticos, peluquerías, centros de belleza, gabinetes de estética, salones de manicura, pedicura y depilación, saunas y gimnasios deberán contar con un registro de las personas que accedan al establecimiento correspondiente en el que se recoja fecha y hora del acceso, nombre y apellidos y número de teléfono de contacto. Entrará en vigor a los diez días de su publicación en el BOC.
HORA DE CIERRE PARA ESTABLECIMIENTOS.- El cierre de discotecas y salas de fiesta, así como de cafeterías, restaurantes, bares y demás establecimientos en los que se desarrollen actividades de hostelería y restauración, deberá efectuarse no más tarde de las 02:00 horas, no pudiendo en ningún caso admitirse nuevos clientes a partir de las 01.30 horas. Surtirá efectos a las 00.00 horas del día 26 de julio de 2020.
Para acceder a las resoluciones publicadas en el BOC, pinche en los siguientes enlaces:
- Resolución por la que se aprueba la segunda modificación de la Resolución de la Consejería de Sanidad de 18 de junio de 2020 por la que se establecen las medidas sanitarias aplicables en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el período de nueva normalidad. Enlace
- Resolución por la que se modifica la resolución de 18 de junio de 2020, por la que se establecen las medidas sanitarias aplicables en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el período de nueva normalidad, ampliándose los supuestos de obligatoriedad del uso de mascarilla. Enlace
- Corrección de errores a la Resolución por la que se establecen las medidas sanitarias aplicables en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el periodo de nueva normalidad.Enlace
- Decreto de 18 de junio de 2020 del Presidente de la Comunidad Autónoma, por la que se dispone la entrada de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en la situación de nueva normalidad.Enlace
- Resolución de la Consejería de Sanidad de 18 de junio de 2020 por la que se establecen las medidas sanitarias aplicables en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el período de nueva normalidad. Enlace .