SOBRE COLEGIACIÓN

Ante la cantidad de consultas que nos están llegando sobre la colegiación,
deciros que nos hemos informado de lo siguiente:
1- sentencia 82/2018, de 16 de julio, de Tribunal constitucional, declaró la
inconstitucionalidad de los párrafos segundo y tercero del artículo 17.2 de la
Ley 1/2001, de 16 de marzo, de colegios profesionales de Cantabria, que
concluye lo siguiente:
“En conclusión, debemos declarar la inconstitucionalidad de la
exención autonómica de colegiación de los empleados públicos en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria por vulnerar las
competencias estatales al contravenir la legislación básica dictada
en la materia (art. 3.2 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de colegios
profesionales). Además, esa declaración debe extenderse al conjunto de la
regulación establecida en los párrafos segundo y tercero del artículo 17.2 de
la Ley 1/2001, de acuerdo con lo razonado en el fundamento jurídico 2 b)
de esta Sentencia, por cuanto contienen simples modulaciones de la
excepción a la colegiación obligatoria que forman parte de la norma
aplicable al caso, las cuales carecen de sentido sin su conexión a esa
excepción que debe quedar expulsada del ordenamiento”.
En el siguiente enlace podéis ver la sentencia completa:  Enlace
Quedando claro, por tanto, que los empleados públicos no están exentos de
colegiación
Teniendo esto en cuenta, desde Trabajadores Unidos, se solicitó a la Consejera
de Presidencia en abril del pasado año, que fuese la propia Administración la
que se hiciera cargo del coste de la misma. SEGUIMOS ESPERANDO RESPUESTA.
(adjuntamos enlace escrito registrado)

  1. Ante la polémica surgida fue muy oportuna la intervención sobre
    colegiación habida en la conferencia sobre los problemas legales de la
    colegiación obligatoria impartida por, D. César Tolosa (presidente del Consejo
    del Poder judicial), a la que acudieron: Consejería de Presidencia, Secretarías
    Generales de diversas consejerías, departamento jurídicos de las diferentes
    direcciones, representantes sindicales … etc. del ámbito de nuestra
    Administración, entre otras., donde también se aclara la obligatoriedad de la
    colegiación.
    Enlace a la conferencia:  Enlace
  2. En lo que se refiere a tener que cumplimentar un modelo de declaración
    responsable y compromiso de colegiación en un plazo determinado, en primer
    lugar, entendemos que la administración debería remitirnos todos los puestos
    de trabajo que, en virtud de la norma colegial y la citada sentencia, les es
    exigible la colegiación. No debemos olvidar, que la propia Directora de
    Función Pública, en su momento nos trasladó que nos remitiría actualizadas las
    fichas de puesto de trabajo incluyendo en ellas el dato de si era necesaria la
    colegiación para desarrollar las funciones del puesto.
    Además, entendemos que la administración lo único que hace, al exigiros una
    declaración responsable, es eximirse de cualquier responsabilidad y que ésta
    recaiga sobre el funcionario que es el que está obligado a cumplir con todas
    las normas para poder ejercer sus funciones.
    Por otra parte, esta exigencia debería partir de un criterio unificado, claro y
    legal, definiendo a quién se exige y por quién se exige. No puede ser que se
    exija solo a unos y por unos servicios sí y otros no.
    Todos hemos presentado en su momento los requisitos exigibles para acceder
    al puesto de trabajo y no es de recibo que, a estas alturas, se pretenda
    recabar la responsabilidad del funcionario sobre aspectos del ejercicio de su
    profesión, poniendo en duda la misma, a no ser que la administración
    pretenda financiar las cuotas, aspecto al que no ha contestado a día de hoy.
    FUNCIÓN PÚBLICA DEBE DARNOS UNA EXPLICACIÓN A TODOS.
    Por último, Hemos registrado escrito a la Dirección general de Función Pública
    y a las Secretarías Generales de todas la Consejerías para que nos envíen la
    relación de puestos de trabajo a los que les es exigible la colegiación y a los
    que se les está exigiendo la declaración responsable y el compromiso de
    colegiación, así como quién es el que toma la decisión en cada
    centro/servicio de quién tiene que estar colegiado y quién no.
    (Adjuntamos enlace escritos registrados

ESCRITO REGISTRADO EL 14 DE ABRIL DE 2021 A LA CONSEJERA DE PRESIDENCIA:

ESCRITO REGISTRADO A TODAS LAS SECRETARÍAS GENERALES Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA: