MODELO CORREO Y RECURSO categoría Técnico Superior en Educación Infantil 

Tras la publicación en el BOC nº 107 del 03  de junio de 2022 , la Relación de aspirantes aprobados y puestos ofertados en  la categoría técnico superior en educación infantil perteneciente al grupo 1       de la administración de la comunidad autónoma de Cantabria,  la mayor parte de los cuales no deberían haber salido , debiendo ser reservados para ofértalos en los procesos que prevén la disposición 6ª y 8ª de la Ley  20/2021, de 28 de diciembre .

Este sindicato va a recurrir todos los actos de Gobierno de Cantabria que no se ajusten a lo dispuesto en la  Ley 20/2021, de 28 de diciembre, pero si tú eres un afectado por estas publicaciones y la plaza que ocupas no debería haber salido ofertado tienes que ponerte en contacto con un abogado  y después tienes dos opciones:

OPCIÓN 1º                 Presentar Recurso Potestativo de Reposición:

  • Tienes 1 mes desde la publicación  en el BOC de la relación de puestos ofertados para  interponerlo.
  • Puedes presentarlo telemáticamente o en  cualquier registro, oficina a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  • Junto con el recurso (del que te adjuntamos un modelo en este mail), puedes aportar toda la documentación que estimes conveniente para la defensa de la argumentación.
  • No es necesario abogado pero sí recomendable.
  •  La Administración tiene un mes para contestar desde que lo presentes, en caso que no conteste el silencio es negativo, es decir, la Administración Desestima tu recurso, en este caso ahora podéis acudir al Contencioso-Administrativo.

OPCIÓN 2º                 Acudir directamente a la Jurisdicción Contencioso- Administrativo:

  • Si no has presentado recurso Potestativo de Reposición tienes 2 meses para acudir a los tribunales directamente desde la publicación del Acto.
  • En caso de que hayas presentado primero potestativo de reposición y la administración no te haya contestado NO hay  plazo
  • Se necesita abogado.

¡¡¡ ATENCIÓN!!!   EN EL MOMENTO QUE SEAS CESADO HAS DE INICIAR OTRO PROCEDIMIENTO POR EL  CESE  CON ABOGADO

RECURSO DE REPOSICIÓN: