La Consejería de Educación ha encontrado en los «ofrecimientos» una forma muy cómoda de dar solución al problema que hay cuando se acaban las listas de interinos. El sistema es tan sencillo, como abrir una lista a la que se apuntan los aspirantes y se les ordena por la nota que hayan sacado en su carrera, dejando totalmente abandonados los principios de igualdad, mérito y capacidad.
Desde la consejería se escudan diciendo que es algo excepcional, pero llevan años haciendo lo mismo y con esta resolución lo someten a consulta pública para legitimar un proceso que dista mucho de ser justo.
Te animamos a que les hagas saber que no estás de acuerdo con este sistema tan injusto enviándoles este documento.
Desde TÚ hemos registrado el siguiente escrito:
ATT. DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL DOCENTE Y ORDENACIÓN ACADÉMICA DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y TURISMO DEL GOBIERNO DE CANTABRIA.
Asunto: Respuesta a consulta pública previa al proyecto de Orden por la que modifica la Orden ECD/84/2017, de 15 de junio, que regula la provisión de empleo docente interino en los centros docentes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
En vista de la Resolución de 30 de octubre de 2020, por la que se somete al trámite de consulta pública previa un proyecto de Orden por la que modifica la Orden ECD/84/2017, de 15 de junio, que regula la provisión de empleo docente interino en los centros docentes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Cantabria, desde el Sindicato TÚ, queremos dejar constancia de la siguiente información que nos parece relevante e imprescindible a la hora de asegurar una provisión de empleo docente que respete los principios de igualdad, mérito y capacidad de todos los aspirantes, por lo que exponemos lo siguiente:
La fórmula “ofrecimientos”, según establece actualmente la normativa, supone una excepción que ha venido siendo utilizada en el caso de agotamiento de las listas de interinos resultantes de las oposiciones para dar respuesta a necesidades urgentes no previstas de antemano. Que, aunque no cuenta con el apoyo de las organizaciones sindicales, al ser de carácter excepcional desde TÚ entendíamos como un mal menor mientras la regla general fuera el reclutamiento a través de las listas ordenadas cumpliendo los principios de igualdad, mérito y capacidad que han de regir en el ámbito de la contratación pública financiada con dinero público.
Legislatura tras legislatura se ha denunciado este proceder, el de los ofrecimientos, por tener en cuenta tan solo la nota media académica del expediente y suponer una mejora que en muchos casos le era negada incluso a los mejor posicionados de las listas de sustituciones.
Lo que se pretende con esta nueva vuelta de tuerca al sistema de contratación es despreciar la experiencia de los trabajadores del sector docente público y que los años de trabajo y labor docente no sirvan para nada en detrimento del servicio público, además de resultar rotundamente injusto por los siguientes motivos:
1.- El sistema que se pretende es la valoración única y exclusiva de la nota media del expediente académico, dejando así en gran desventaja a interinos que llevan años trabajando en otras especialidades y quieren entrar a formar parte de las listas de ofrecimientos que van surgiendo en especialidades afines a su titulación, puesto que hay especialidades en las que se lleva años sin oposición para poder entrar en las listas.
2.- Con este planteamiento que de facto ya está aplicando la consejería se desequilibra el sistema de acceso, de tal forma que no se valora la experiencia docente, y dejan en la estacada a los aspirantes que llevan años trabajando y tienen una nota del expediente inferior a los nuevos titulados que cuentan con notas elevadas.
3.- Se sabe con suficiente antelación cuando están próximas a agotarse las listas de algunas especialidades, por lo que una vez más es responsabilidad de la administración que tenga una previsión para llevar a cabo el proceso por el que se debiera de reclutar docentes, que se realice una convocatoria extraordinaria, y que este sistema de ofrecimientos quede relegado a lo que debe ser el último recurso en la contratación y no como hasta ahora que se ha convertido en el método usado en los últimamente.
4.- Los problemas que se generan en los centros cuando no se cubren las necesidades a tiempo, disminuirían si hubiera una previsión de las listas próximas a agotar y si no hubiese que esperar 15 días para solicitar sustituciones desde los centros educativos. Por lo que no cabe invocar la agilidad cuando es la propia administración educativa la que provoca la dilación con su proceder.
Es por lo que desde este sindicato, solicitamos antes de la elaboración del texto de un proyecto de orden por la que se modifica Orden ECD/84/2017, de 15 de junio, que regula la provisión de empleo docente interino en los centros docentes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que se garantice que cualquier propuesta sea justa para los interinos que forman parte de nuestras listas, no se deben quebrar los principios de igualdad mérito y capacidad en aras de la agilidad para la administración, como se pretende hacer con la modificación de esta orden. La falta de planificación no debiera ser óbice para restringir la base fundamental del acceso al empleo público, de no desarrollarse pruebas para el acceso a los puestos al menos ha de tenerse en cuenta todas las condiciones de los aspirantes para cumplir el objetivo fundamental y es que los mejores sean los seleccionados y en las mejores condiciones. Ninguna empresa que se precie contrata a un trabajador teniendo únicamente como referencia las notas de un expediente académico.
Dicho lo anterior, solicitamos que se tenga en cuenta esta postura como ciudadanos, docentes y como representantes de los docentes, en aras de defender las mejores condiciones para todos y sobre todo de ofrecer la mejor calidad de servicio a los ciudadanos en un ámbito fundamental, esencial, como es el docente.
No utilicen el argumento de una pandemia para precarizar las condiciones de selección de candidatos y del servicio público.
Santander, a 19 de noviembre de 2020.