Publicación en el BOC (16/09/2024):
Orden EDU/43/2024, de 10 de septiembre, por la que se modifica la Orden ECD/72/2014, de 5 de junio, que regula los programas de Formación Profesional Básica que se desarrollen en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Audiencia e información pública (07/08/2024):
Resolución de 30 de julio de 2024 por la que se somete al trámite conjunto de audiencia e información pública el proyecto de Orden por la que se modifica la Orden ECD/72/2014, de 5 de junio, que regula los programas de Formación Profesional Básica que se desarrollen en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
El texto completo se pueden consultar en el siguiente enlace: Proyecto de orden.
Las alegaciones u observaciones se dirigirán, en período 10 días hábiles (del 8 al 22 de agosto de 2024), a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, presentándose a través del Registro de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades del Gobierno de Cantabria (calle Río de la Pila, 13, planta baja, Santander 39003), o en el Portal de Transparencia de Cantabria a través de la dirección http://participacion.cantabria.es, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Consulta previa al proyecto de orden (11/07/2024):
Resolución de 4 de julio de 2024 por la que se dispone realizar consulta pública previa sobre el proyecto de Orden por la que se modifica la Orden ECD/72/2014, de 5 de junio, que regula los programas de Formación Profesional Básica que se desarrollen en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
La Orden tiene por objeto adecuar la normativa reglamentaria a los cambios implantados tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2022 y del Real Decreto 659/2023 y adecuar los programas de Formación Profesional Básica a la normativa estatal.
El trámite de consulta pública previa a la elaboración del texto se establece durante el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación.
Las correspondientes opiniones se dirigirán a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, presentándose por escrito, en el Registro de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades (Calle Río de la Pila, 13, planta baja, Santander 39003), o en el Portal de Transparencia de Cantabria a través de la dirección http://participacion.cantabria.es, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.