Reconocimiento de servicios previos (en otras administraciones)

A efecto de trienios, se tienen en cuenta los servicios prestados en las Administraciones Públicas y en los organismos y entidades del sector público, a excepción de los prestados en sociedades mercantiles en cuyo capital sea mayoritaria la participación directa o indirecta de las Administraciones Públicas.

Se puede solicitar en cualquier momento del año presentando en cualquier registro oficial la siguiente documentación:

  • Solicitud. | Descargar
  • Declaración de que los servicios cuyo reconocimiento se solicita no han sido computados en otra administración pública. Disponible en el documento de solicitud anterior.
  • Certificado de Servicios Previos expedido por cada administración u organismo para el que se haya prestado servicio que se ajuste al modelo del Anexo I del Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas de aplicación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración pública. | Enlace