Publicación en BOC (08/10/2024):
Orden EDU/47/2024, de 30 de septiembre, por la que se establece la implantación de la Formación Profesional de Grado Básico y el currículo de veinte ciclos formativos de estas enseñanzas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Audiencia e información pública (02/08/2024):
Resolución de 31 de julio de 2024, por la que se somete al trámite conjunto de audiencia e información pública el proyecto de Orden por la que se establece la implantación de la Formación Profesional de Grado Básico y el currículo de veinte ciclos formativos de estas enseñanzas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Los textos completos se pueden consultar en los siguientes enlaces:
- 01 Resolución de consulta pública previa
- 02 Resolución de audiencia e información pública
- 03 Anteproyecto de Orden
- 04 Anexo I. Título grado básico SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
- 05 Anexo II. Titulo de grado básico en ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA
- 06 Anexo III. Titulo de grado básico en FABRICACIÓN Y MONTAJE
- 07 Anexo IV. Título grado básico INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES
- 08 Anexo V. Titulo de grado básico COCINA y RESTAURACION
- 09 Anexo VI. Titulo de grado básico MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS
- 10 Anexo VII. Título grado básico AGROJARDINERÍA Y COMPOSICIONES FLORALES
- 11 Anexo VIII. Título grado básico PELUQUERÍA Y ESTÉTICA
- 12 Anexo IX. Título grado básico SERVICIOS COMERCIALES
- 13 Anexo X. Título grado básico CARPINTERÍA Y MUEBLE
- 14 Anexo XI. Título grado básico REFORMA Y MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS
- 15 Anexo XII. Título grado básico TAPICERÍA Y CORTINAJE
- 16 Anexo XIII. Título grado básico ACTIVIDADES AGROPECUARIAS
- 17 Anexo XIV. Título grado básico APROVECHAMIENTOS FORESTALES
- 18 Anexo XV. Título grado básico ARTES GRÁFICAS
- 19 Anexo XVI. Título grado básico ALOJAMIENTO Y LAVANDERÍA
- 20 Anexo XVII. Título grado básico INFORMÁTICA DE OFICINA
- 21 Anexo XVIII. Título grado básico ACTIVIDADES DOMÉSTICAS Y LIMPIEZA
- 22 Anexo XIX. Título grado básico INDUSTRIAS ALIMENTARIAS
- 23 Anexo XX. Título grado básico EMBARCACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO
- 24 Anexo XXI. Ámbitos grados básicos
- 25 ANEXO XXII Proyecto intermodular
- 26 ANEXO XXIII IPE
- 27 ANEXO XXIV. Autorizacion EF
Las alegaciones u observaciones se dirigirán, en período 10 días hábiles (del 5 al 19 de agosto de 2024), a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, presentándose a través del Registro de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades del Gobierno de Cantabria (calle Río de la Pila, 13, planta baja, Santander 39003), o en el Portal de Transparencia de Cantabria a través de la dirección http://participacion.cantabria.es, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Consulta previa al proyecto de orden (30/05/2024):
Resolución de 21 de mayo de 2024, por la que se dispone realizar consulta pública previa sobre el proyecto de Orden por la que se establece la implantación de los ciclos formativos de Grado Básico y el currículo de diecinueve ciclos formativos de estas enseñanzas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
La Orden tiene por objeto adecuar la normativa reglamentaria a los cambios implantados tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2022 y del Real Decreto 659/2023, como es la regulación de la nueva oferta de formación profesional.
El trámite de consulta pública previa a la elaboración del texto se establece durante el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación.
Las correspondientes opiniones se dirigirán a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, presentándose por escrito, en el Registro de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades (Calle Río de la Pila, 13, planta baja, Santander 39003), o en el Portal de Transparencia de Cantabria a través de la dirección http://participacion.cantabria.es, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.