Convocatoria permiso parcialmente retribuido curso 2024-2025

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Relación definitiva de permisos concedidos (30/05/2024):

Resolución de 30 de mayo de 2024, del director general de Personal Docente, por la que se publica la relación definitiva de permisos parcialmente retribuidos concedidos para iniciar en el curso 2024/2025, ordenada por antigüedad en el cuerpo docente de los solicitantes, así como los desistimientos y los excluidos, si los hubiese, y que se detallan en los Anexos I, II y III, respectivamente, de la misma.

Personas admitidas y excluidas (15/05/2024):

Resolución de 15 de mayo de 2024, por la que se publica la relación definitiva de admitidos y excluidos así como la relación provisional de solicitudes estimadas de concesión del permiso parcialmente retribuido, ordenadas por antigüedad en el cuerpo docente y que se detallan en los Anexos I, II y III, respectivamente, de la misma.

Los participantes disponen de un plazo de 5 días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución (del 16 al 24 de mayo, ambos inclusive), para efectuar las alegaciones que consideren oportunas y/o desistir de su participación, que deberá realizarse a través de Puntal.

Convocatoria (18/04/2024):

Orden EDU/19/2024, de 11 de abril de 2024, por la que se convocan permisos parcialmente retribuidos para los funcionarios de carrera que imparten enseñanzas no universitarias en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades, para iniciar en el curso escolar 2024/2025.

Recordamos que se trata de un permiso que dura cinco cursos consecutivos en los que se percibe el 80% de las retribuciones. Si se desempeña cargo unipersonal de gobierno durante los cuatro primeros cursos se percibe el complemento específico completo. Durante los cuatro primeros se imparte docencia en el centro y el quinto curso se considera en situación de servicio activo, conservando el destino definitivo y computando a efectos de antigüedad y derechos pasivos. El personal funcionario que pertenece a al régimen de MUFACE/CLASES PASIVAS cotiza el 100% de las cuantías correspondientes los cinco cursos mientras que el que pertenece al régimen de la Seguridad Social, cotiza conforme a las retribuciones que perciba en cada momento.

La petición se hará mediante la aplicación Puntal.

Manual de solicitud.

El plazo de presentación de solicitudes es desde el viernes 19 de abril al viernes 3 de mayo.

Las consultas o dudas deberán dirigirse a las direcciones de correo electrónico de soporte: soportepermisosprimaria@educantabria.es, y soportepermisossecundaria@educantabria.es.

Requisitos:

  • Ser personal funcionario de carrera, en situación de servicio activo, de cualquiera de los cuerpos docentes, con al menos 15 años de antigüedad total como docente.
  • Impartir docencia directa durante los cuatro primeros cursos del permiso.
  • No estar cumpliendo sanción por falta grave o muy grave en los 10 últimos años.
  • No desempeñar cargo unipersonal de gobierno durante el último curso del permiso.
  • No tener cumplidos a 31 de agosto de 2024 los años de edad que sumados a la duración del permiso excedan de la edad exigida legalmente para la jubilación forzosa en el año en que finalice el citado permiso.
  • No estar incurso en la tramitación de un expediente de incapacidad permanente.