Comisiones concedidas (18/09/2024):
Comisiones servicios aprobadas Cuerpo de MAESTROS
Comisiones servicios aprobadas RESTO de Cuerpos
Comisiones concedidas (01/08/2024):
Comisiones servicios aprobadas Cuerpo de MAESTROS
Comisiones servicios aprobadas RESTO de Cuerpos
Normativa:
Resolución de 9 de abril de 2024, por la que se establecen los plazos para solicitar comisiones de servicio por parte del personal docente en puestos de escolarización, así como el procedimiento para su solicitud.
Orden de 6 de abril de 2004, por la que se regulan las comisiones de servicio de los funcionarios de carrera de los cuerpos docentes no universitarios para desempeñar funciones en centros distintos a aquéllos en que estuvieran destinados.
Solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será desde el miércoles 17 hasta el viernes 26 de abril de 2024 (ambos inclusive).
Se realizan mediante formulario electrónico (no es necesario presentarla en registro).
Manual de usuario para cumplimentar la solicitud.
Para mayor información puede enviarse un correo electrónico a soportecoseprimaria@educantabria.es o soportecosesecundaria@educantabria.es. El correo de soporte se atiende sólo los días laborables, de 9:00 a 14:00 horas.
Documentación:
Según el punto quinto de la Orden de 6 de abril de 2004 la documentación justificativa para cada tipo de comisión, es la siguiente:
1. Solicitudes basadas en atención al servicio educativo:
1.1. Por razones estrictamente docentes:
- Informe del director o directora o del responsable del Programa.
1.2. Por desempeño de puestos directivos:
- Informe del director o directora del centro.
2. En atención a situaciones personales especiales:
2.1. Por desempeño de cargo electivos en Corporaciones Locales:
- Certificado del Secretario de la Corporación Local indicando el cargo, la fecha de acceso y que continúa en él (en el caso de que no obre este certificado en poder de la Consejería de Educación y Formación Profesional del Gobierno de Cantabria).
2.2. Por motivos de salud y por situaciones personales específicas y de conciliación de la vida familiar y laboral.
-Por motivos de salud:
- Informe o informes médicos con, al menos, certificado facultativo del correspondiente servicio de salud en el que se justifiquen adecuadamente las funciones que no debe realizar la persona solicitante.
- Copia de la solicitud del actual Concurso General de traslados o documentación justificativa de no poder concursar por no llevar, al menos, dos años en el destino actual o no tener todavía destino definitivo.
-Por situaciones personales específicas y de conciliación de la vida familiar y laboral:
- Documentación justificativa de la situación planteada. En su caso, debe constar certificado facultativo del correspondiente servicio de salud con las atenciones que debe recibir el familiar.
- Copia de la solicitud del actual Concurso General de traslados o documentación justificativa de que no se puede concursar por no llevar, al menos, dos años en el destino actual o no tener todavía destino definitivo.
2.3 Por ser funcionario docente de otra Administración Educativa (y haber estado en comisión de servicios en esta Administración durante el curso anterior):
- Copia de la solicitud del actual Concurso General de traslados o documentación justificativa de no poder concursar por no llevar, al menos, dos años en el destino actual o no tener todavía destino definitivo.
- Si provienen de otra comunidad autónoma presentarán certificado emitido por el órgano competente en el que consten los siguientes datos:
- Nombre, apellidos, DNI y número de registro de personal.
- Fecha de nombramiento como funcionario de carrera.
- Destino actual: definitivo con indicación de la fecha de obtención o, en su caso, provisional.
- Especialidades o habilitaciones que posean y acreditación bilingüe, en su caso.
- Situación administrativa al momento de emisión del certificado.
- Si solicita comisión de servicios en puesto bilingüe, acreditación de la habilitación en idiomas.
Cuando se hayan resuelto todas las solicitudes cada persona recibirá un SMS informando de que puede acceder a su resolución, que estará disponible en Puntal.