Solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes es del jueves 27 de mayo al viernes 4 de junio de 2021 (ambos inclusive).
Se realizan mediante formulario electrónico (no es necesario presentarla en registro). | Acceder
Manual de usuario para cumplimentar la solicitud. | Descargar
Se recomienda guardar el resguardo justificativo de presentación de la solicitud (pdf sin marca de agua).
¡¡¡Importante!!! Las solicitudes que no estén acompañadas de la necesaria documentación justificativa serán automáticamente denegadas.
Según el punto quinto de la Orden de 6 de abril de 2004 la documentación justificativa para cada tipo de comisión, es la siguiente:
1. Solicitudes basadas en atención al servicio educativo:
1.1. Por razones estrictamente docentes de desempeño de funciones en programas o puestos específicos:
- Informe del director del centro o del responsable del Programa.
1.2. Por desempeño de puestos directivos en centros distintos a los que se tiene destino:
- Informe del director del centro.
2. En atención a situaciones personales especiales:
2.1 Cuando desempeñen cargos electivos no retribuidos en las Corporaciones Locales, siempre y cuando el acceso a los mismos fuera posterior a la fecha de destino definitivo:
Indicarán si solicitan centro concreto, localidad o zona a la que desean ser destinados.
- Certificado del Secretario de la Corporación Local indicando el cargo, la fecha de acceso y que continúa en él (en el caso de que no obre este certificado en poder de la Consejería de Educación).
2.2. Por motivos de salud, cuando existan razones de enfermedad propia que así lo justifiquen, o de pariente de primer grado de consanguinidad o afinidad, o del cónyuge del solicitante, que requiera la asistencia continuada de éste, o de situaciones personales especiales que justifiquen la concesión de una comisión de servicio.
Indicarán si solicitan centro concreto, localidad o zona a la que desean ser destinados.
-Por motivos de salud:
- Informe o informes médicos con, al menos, certificado facultativo del correspondiente servicio de salud en el que se justifiquen adecuadamente las funciones que no debe realizar la persona solicitante.
- Copia de la solicitud del actual Concurso General de traslados o documentación justificativa de no poder concursar por no llevar, al menos, dos años en el destino actual o no tener todavía destino definitivo.
-Por situaciones personales específicas y de conciliación de la vida familiar y laboral:
- Documentación justificativa de la situación planteada. En su caso, debe constar certificado facultativo del correspondiente servicio de salud con las atenciones que debe recibir el familiar.
- Copia de la solicitud del actual Concurso General de traslados o documentación justificativa de no poder concursar por no llevar, al menos, dos años en el destino actual o no tener todavía destino definitivo.
2.3. Por ser funcionario docente de otra Administración educativa que durante el curso anterior al solicitado haya prestado servicios en esta, mediante el régimen de comisión de servicio, y durante el curso actual no ha podido concursar en los Concursos de traslados autonómicos de la Administración Educativa del Gobierno de Cantabria.
- Copia de la solicitud del actual Concurso General de traslados o documentación justificativa de no poder concursar por no llevar, al menos, dos años en el destino actual o no tener todavía destino definitivo.
- Si provienen de otra comunidad autónoma presentarán certificado emitido por el órgano competente en el que consten los siguientes datos:
- Nombre, apellidos, DNI y número de registro de personal.
- Fecha de nombramiento como funcionario de carrera.
- Destino actual: definitivo con indicación de la fecha de obtención o, en su caso, provisional.
- Especialidades o habilitaciones que posean y acreditación bilingüe, en su caso.
- Situación administrativa al momento de emisión del certificado.
- Si solicita comisión de servicios en puesto bilingüe, acreditación de la habilitación en idiomas.
Cuando se hayan resuelto todas las solicitudes cada persona recibirá un SMS informando de que puede acceder a su resolución, que estará disponible en el siguiente enlace. | Acceder
Normativa:
Publicada en BOC de 26 de mayo la Resolución de 19 de mayo de 2021, por la que se establecen los plazos para solicitar comisiones de servicio por parte del personal docente en puestos de escolarización, así como el procedimiento para su solicitud. | Enlace
Orden de 6 de abril de 2004, por la que se regulan las comisiones de servicio de los funcionarios de carrera de los cuerpos docentes no universitarios para desempeñar funciones en centros distintos a aquéllos en que estuvieran destinados. | Enlace
No se incluye el procedimiento para otorgar y renovar comisiones de servicio de los puestos de no escolarización general (CEP, CRIEME, Aulas Hospitalaria y Domiciliaria, Inspectores Accidentales y Unidades Técnicas de la Consejería), que se realizarán por medio de propuesta de la Dirección General correspondiente.