Compendio 15

Os proporcionamos este décimo quinto compendio a modo de resumen de la información que os hemos hecho llegar hasta el momento a través de los diferentes medios de comunicación que el TÚ emplea para transmitiros información (WEB, correo electrónico y WhatsApp).

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BOC Y BOE

BOE 04/04/2020

Orden SND/322/2020, de 3 de abril, por la que se modifican la Orden SND/ 275/2020, de 23 de marzo y la Orden SND/295/2020, de 26 de marzo, y se establecen nuevas medidas para atender necesidades urgentes de carácter social o sanitario en el ámbito de la situación de la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

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EXTRACTO DEL PREÁMBULO

“(…) de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.3 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el Ministro de Sanidad queda habilitado para dictar las órdenes, resoluciones, disposiciones e instrucciones interpretativas que, dentro de su ámbito de actuación como autoridad delegada, sean necesarias para garantizar la prestación de todos los servicios, ordinarios o extraordinarios, en orden a la protección de personas, bienes y lugares….

En el citado marco, se dictó la Orden SND/275/2020, de 23 de marzo, por la que se establecen medidas complementarias de carácter organizativo, así como de suministro de información en el ámbito de los centros de servicios sociales de carácter residencial en relación con la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19…

Debido a la situación cambiante de la crisis sanitaria, resulta necesario adoptar nuevas medidas con el fin de contribuir a la contención del COVID-19 en los centros de servicios sociales de carácter residencial. Para ello, entre otras medidas, se dispone que se deberá priorizar la identificación e investigación epidemiológica de los casos por COVID-19 relacionados con residentes, trabajadores o visitantes de estos centros, se aclara en qué casos concretos un centro residencial podrá ser intervenido por un empleado público o se disponen nuevas obligaciones de suministro de información por parte de las comunidades autónomas.

Dada la especial necesidad de asegurar el cumplimiento de estas funciones… resulta necesario flexibilizar las disposiciones de la Orden SND/295/2020, de 26 de marzo, y equiparar la situación del personal con dispensa absoluta de asistencia al puesto de trabajo por ejercicio de funciones sindicales en el ámbito de los servicios sociales a la del mismo personal sanitario que se encuentra también en situación de dispensa absoluta.

Finamente, con el fin de atender necesidades urgentes de carácter social o sanitario derivadas de la actual situación de emergencia sanitaria, se ha considerado conveniente reforzar las medidas adoptadas frente al COVID-19 con las instalaciones y empleados públicos del IMSERSO.”

EXTRACTO DEL ARTICULADO

Primero. Modificación Orden SND/275/2020.

Uno. Se añade un apartado 3 al apartado segundo con el siguiente tenor:

«3. Las autoridades competentes de las comunidades autónomas deberán cumplimentar y remitir al Ministerio de Sanidad la información contenida en el anexo, en relación con los centros de servicios sociales de carácter residencial existentes en su territorio. Dicha información será remitida por primera vez antes del día 8 de abril de 2020 y será actualizada desde entonces cada martes y viernes antes de las 21 horas. A estos efectos, la autoridad competente de la comunidad autónoma establecerá la forma y plazo en que los titulares de los centros residenciales objeto de esta orden deben remitir la información que no se encuentre en poder de la comunidad autónoma. »

Dos. Se modifica el apartado tercero, que queda redactado en los siguientes términos:

1.  La autoridad competente de la comunidad autónoma deberá priorizar la identificación e investigación epidemiológica de los casos por COVID-19 relacionados con residentes, trabajadores o visitantes de los centros de servicios sociales de carácter residencial.

2.  En particular, la autoridad competente deberá priorizar la realización de pruebas diagnósticas de los residentes y del personal que presta servicio en los mismos, así como la disponibilidad de equipos de protección individual para ambos colectivos, al menos cuando en los centros residenciales se detecten residentes clasificados en los grupos c) ­-Residentes con síntomas compatibles con el COVID-19- o d) -Casos confirmados de COVID-19- del apartado segundo de la Orden SND/265/2020, de 19 de marzo…

3. Se faculta a la autoridad competente de la comunidad autónomaa intervenir los centros residenciales objeto de esta orden.

4. Las medidas de intervención que acuerde la autoridad competente podrán conllevar:

a) El alta, la baja, reubicación y traslado de los residentes a otros centros residenciales, con independencia de su carácter público o privado, cuando exista justificación basada en el aislamiento y protección de cohortes en base a lo establecido en la Orden SND/265/2020, de 19 de marzo, así como cuando resulte necesario para sostener la continuidad de los servicios por carecer de recursos humanos suficientes

  b) La adopción de las medidas oportunas para la puesta en marcha de nuevos centros residenciales y la modificación de la capacidad u organización de los existentes.

c) En los casos en los que un centro residencial cuente con pacientes clasificados en los grupos b) Residentes sin síntomas, en aislamiento preventivo por contacto estrecho con caso posible o confirmado de COVID-19, c) Residentes con síntomas compatibles con el COVID-19 y d) Casos confirmados de COVID-19.del apartado segundo.1 de la Orden SND/ 265/2020, de 19 de marzo, la designación de un empleado público para dirigir y coordinar la actividad asistencial de estos centros:

El expediente que se abra al efecto por parte de la autoridad competente que ha ordenado la intervención incluirá un informe sobre la situación inicial, el detalle de la intervención realizada y la situación final una vez realizada esta.

d) La modificación del uso de los centros residenciales objeto de esta Orden para su utilización como espacios para uso sanitario de acuerdo con lo establecido en el apartado noveno de la Orden SNS/232/2020, de 15 de marzo (Apartado Noveno: Habilitación de espacios para uso sanitario. Las autoridades sanitarias competentes de la comunidad autónoma podrán habilitar espacios para uso sanitario en locales públicos o privados que reúnan las condiciones necesarias para prestar atención sanitaria, ya sea en régimen de consulta o de hospitalización.) Por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Esta actuación será especialmente de aplicación en los casos en los que el centro residencial cuente con pacientes clasificados en el grupo d) casos confirmados de COVID-19. d) del apartado segundo.1 de la Orden SND/265/2020, de 19 de marzo.

Segundo. Modificación Orden SND/295/2020.

Se modifica el apartado 3 del apartado cuarto, que queda redactado como sigue:

«3. El personal con dispensa absoluta de asistencia al puesto de trabajo por ejercicio de funciones sindicales podrá solicitar voluntariamente reincorporarse para desempeñar sus funciones en atención a la situación generada por el COVID-19.

La reincorporación de estos trabajadores no supondrá el cese del personal sustituto que pudiera existir.»

Tercero. Recuperación de la dispensa por la realización de funciones sindicales.

El personal que tenía reconocida la dispensa absoluta de asistencia al puesto de trabajo por ejercer funciones sindicales con anterioridad a la aprobación de la Orden SND/295/2020, de 26 de marzo, y que se haya incorporado como consecuencia de la aprobación de dicha orden, podrá volver a su situación de dispensa para el ejercicio de funciones sindicales.

Cuarto. Puesta a disposición de las instalaciones del IMSERSO. (Instalaciones, Recursos y Empleados)

PRENSA

04/04/2020.

El Diario Montañes. DIRECTO | LA OMS Y UNICEF ANUNCIAN LA CREACIÓN DEL FONDO DE RESPUESTA SOLIDARIA COVID-19. | ENLACE

El Diario Montañes. LA RESIDENCIA DE MERUELO RECIBE A LAS DOS PRIMERAS PERSONAS CON COVID-19 DERIVADAS DE OTROS CENTROS. | ENLACE

05/04/2020.

IFOMO. Sánchez advierte de que habrá, al menos, una cuarta prórroga hasta mediados de mayo. | ENLACE

El Mundo. Pedro Sánchez pide a las comunidades un listado de infraestructuras donde aislar a los asintomáticos con coronavirus. | ENLACE

El Diario Montañes. Sánchez pide a los presidentes autonómicos que faciliten infraestructuras para convertirlas en «arcas de noé». | ENLACE

El Diario Montañes. Los avales del ICO para empresas, disponibles desde este lunes en los bancos. | ENLACE

El Diario Montañes. Cantabria repartirá «masivamente» tela doble para mascarillas entre los ciudadanos. | ENLACE

Europa Press. Cantabria ha recibido hoy los primeros 12.700 test rápidos del Gobierno de España. | ENLACE

ANUNCIOS, INFORMACIÓN, ACLARACIONES Y MEDIDAS ADICIONALES

05/03/2020. SEPE.

Os recordamos en el pagina web del SEPE podéis encontrar la información más actualizadas sobre las Medidas Extraordinarias adaptadas frente al COVID-19; plazos, prestaciones o subsidios por desempleo, ERTEs, certificados, etc. | ENLACE

04/02/2020. MEDIDAS DE PROTECCIÓN PARA TRABAJADORES. ULTIMA INFORMACIÓN TRANSMITIDA POR LA DIRECTORA GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA.

Desde la Dirección General de Función Pública nos remiten respuesta a solicitudes y preguntas concretas que había planteado TRABAJADORES UNIDOS:

1.- Más información sobre la inclusión en protocolo a trabajadores asintomáticos.

Considerando que por las autoridades sanitarias se ha detectado que en ocasiones hay positivos asintomáticos, y dada la alta incidencia del virus en el CAD Sierrallana, se ha considerado oportuno incluir en protocolo a cinco trabajadores que no se han visto afectados en ningún momento, con la idea de descartar que haya entre ellos algún positivo asintomático.

2.- ¿Un trabajador que ha sido positivo, una vez transcurridos 14 días de aislamiento y con el alta médica, debe incorporarse sin realizar el test diagnóstico que confirme el negativo?.

El protocolo que está vigente para este tipo de situaciones está contenido en la Guía de actuación frente a COVID-19 en los profesionales sanitarios y sociosanitarios de 31 de marzo.

En dicha guía se recoge que La estrategia elegida para el alta del caso y su reincorporación al puesto de trabajo variará en función de la evaluación de la situación que se haga en cada caso y de la realización o no de pruebas de diagnóstico microbiológico, y especifica:

“(…)  2. Si no se realiza una prueba diagnóstica

En caso de que no se realice la prueba de diagnóstico microbiológico, el trabajador se incorporará a su puesto de trabajo transcurridos 7 días desde el inicio de síntomas en ausencia de fiebre sin necesidad de toma de antitérmicos en los últimos 3 días y siempre que se haya resuelto la clínica respiratoria. Se incorporará a su actividad con mascarilla quirúrgica hasta completar 14 días desde el inicio de síntomas, evitando durante este tiempo el contacto con pacientes inmunodeprimidos.”

Por tanto, la propia guía determina la posibilidad de incorporación al trabajo sin realizar el test diagnóstico.

No obstante, la Orden SND/322/2020, de 3 de abril, por la que se modifican la Orden SND/ 275/2020, de 23 de marzo y la Orden SND/295/2020, de 26 de marzo, y se establecen nuevas medidas para atender necesidades urgentes de carácter social o sanitario en el ámbito de la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado, modifica el apartado tercero “Medidas de intervención” de la Orden SND/275/2020, y dispone:

“(…) 2. En particular, la autoridad competente deberá priorizar la realización de pruebas diagnósticas de los residentes y del personal que presta servicio en los mismos, así como la disponibilidad de equipos de protección individual para ambos colectivos, al menos cuando en los centros residenciales se detecten residentes clasificados en los grupos c) o d) del apartado segundo de la Orden SND/265/2020, de 19 de marzo (– residentes con síntomas compatibles o confirmados-), y sin perjuicio del carácter también prioritario a estos efectos de los pacientes que se encuentran en centros sanitarios y de los profesionales que los atienden.”

Por tanto, a lo largo de la semana que viene consultaremos con Salud Pública por si va a poner en marcha alguna actualización que incorpore la realización de test.

Por último, informa que finalmente se ha tomado la decisión de no utilizar la cuarta planta del CAD Santander para usuarios procedentes de hospitalización no relacionada con COVID-19.

AGRADECIMIENTOS

SÓLO HAY UN CAMINO, LA VERDAD

Isabel Rodríguez Gaitán

En especial para las compis que están en primera línea.

En esta crisis del coronavirus que nos ha tocado vivir, hay mucha gente que no sale públicamente en los medios , mucha gente que calla y trabaja 12, 13 o 14 horas continuadas, compañeros que se enfrentan a este virus cuerpo a cuerpo en la  distancia corta,  que no canta o baila porque no tiene fuerzas, que no entiende por qué habiendo responsables, con salarios de ensueño para la mayoría, no se les percibe; no entiende que si unos tienen medios para la batalla,  por qué otros no…………

Hay mucha gente que pelea en silencio, que no sonríe, no porque no sepa, sino porque tiene el músculo rígido de contener las lágrimas, sí, hay mucha gente que ha escogido el camino complicado, el de pelear contra todo, contra la negación de la realidad que vive día a día, gente que pone su cuerpo de barrera ante aquel al que atiende contra esta enfermedad

Hay mucha gente que no aplaude porque tiene las manos agarrotadas de cerrar el puño para aguantarse el dolor, el dolor del alma

Hay mucha gente que es anónima, que nos llama llorando porque cuando llega a casa no puede abrazar

Que mueve camas, coloca colchones , pero que también pelea por el de al lado , por mejorar en lo que sabe que es mejorable, y no sale en redes, ni  en homenajes.

Hay mucha gente que ama su trabajo y que lo defiende con uñas y dientes, que no se resigna a la realidad que se le pretende imponer, porque trabajo, cuidado y lucha no son incompatibles, debieran ir siempre de la mano 

Porque no es fácil, no es nada fácil estar trece y catorce horas trabajando, y cuando vas a descansar te digan que no hay gente y te vuelvan a llamar para volver a trabajar 12, 13 o 14 horas.

No es fácil ver cómo compañeros y residentes caen día a día.

No es fácil llegar y ver cómo a la gente nueva y asustada nadie les ha enseñado ni por donde tirar, que no tienen lo básico. 

No es fácil recorrer kilómetros y volver a casa y mirar frente a frente a tu familia pensando “los voy a contagiar”.

No es fácil ver fallecer a tus seres queridos mientras sigues aislada y eres positivo, eso sí…. hay que ser positiva……..

No es fácil repartirse a diario el par de mascarillas asignadas, de esas de las que con suerte son para no contagiar y decidir si desayunas o comes, porque si la retiras la debes tirar, o ¿cuándo bebes?

Cuántas veces al día cierras los ojos para coger aire y poder seguir, tirando como puedes con esa bolsa de basura que te empieza a asfixiar, no, no es fácil.

No todos estamos igual, ni lo vivimos de la misma forma, está claro.

Pero hay gente que ha decidido pelear, quizás sonriendo menos pero luchando más.

Os oímos, nos llamáis llorando, y no es miedo, no, es impotencia al enterarte que muchos compañeros están en el hospital.

No es fácil.

No hay lugar para héroes, ni culpables…. Pero si muchos responsables de la irresponsabilidad.

Y hay cosas que ni miles de colores, ni miles de discursos sobre lo bonitos y buenos que somos podrán enterrar.

Y muchos lo sabemos, lo sabemos nosotros que os oímos y os vemos…. que sabemos que no dormís, que lucháis por evitar lo que es evitable y que otros nunca verán

GRACIAS COMPAÑERA, COMPAÑERO… encierra tantas cosas esa misma palabra…

aquí no hay caminos fáciles ni difíciles, aquí lo que hay es que asumir cada uno EL papel que le toca, nada más. Pero no nos digáis «los de siempre» que estamos hartos ya…

Aquí sólo hay un camino, en la REALIDAD que debemos vivir ahora son necesarias MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y PROTOCOLOS CUMPLIDOS PARA TODOS.

DÍA A DÍA DEL SINDICATO TÚ  

Para seguir manteniendo los cauces habituales de comunicación con los trabajadores y que la información veraz puede fluir de manera rápida y eficiente hacemos un llamamiento expreso a todos los trabajadores.

Los delegados que formamos la cara visible del TÚ, sin excepción, estamos a vuestra disposición para que nos hagáis llegar todas aquellas propuestas organizativas que consideréis oportunas, así como aquellas incidencias o cuestiones que os preocupen. Apelamos al sentido de responsabilidad de todos para permitir que este sindicato pueda actuar de cauce trasmisor entre vosotros, los verdaderos protagonistas de esta organización sindical, y las autoridades competentes. Para ello os rogamos que os hagáis eco de la información que os proporcionamos, hagáis un uso responsable de los canales de comunicación que este sindicato emplea para realizar su trabajo y, al ser posible, mantengamos entre todos dichos medios de comunicación libres de informaciones falsas o poco contrastadas que pueden entorpecer nuestro trabajo y confundir al colectivo de trabajadores.

NUESTRA LABOR NO CESA, ni mucho menos, seguimos remitiendo vuestras propuestas e insistiendo en aquellas cuestiones que consideramos redundan en beneficio de la salud de los trabajadores y, por ende, de toda la población. En el mismo instante que tengamos contestación sobre alguna de ellas os la remitiremos con la máxima celeridad que nos sea posible.

MUCHAS GRACIAS A TODOS POR FORMAR PARTE DE ESTA GRAN FAMILIA QUE ES EL TÚ