TU EXIGE NORMA TELETRABAJO YA!!!

Trabajadores Unidos apuesta por el Teletrabajo en la Administración autonómica, y exige al Gobierno de Cantabria que apruebe su regulación

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CONTEXTO

El Teletrabajo ya está regulado en la Administración General del Estado y en la inmensa mayoría de las Comunidades Autónomas. “Tanto la Administración General del Estado, como la inmensa mayoría de las CCAA ya tiene regulación en esta materia, y Cantabria, una vez más, es la última en hacerlo, y por lo que parece, no tiene interés en impulsarlo de manera definitiva”.

Por una parte, Trabajadores Unidos considera que “existe una regulación básica del teletrabajo de los empleados públicos, que sirve de soporte a la regulación que habría que hacer en la Administración pública de Cantabria- De hecho, Gobierno de España y los Sindicatos consensuaron la inclusión del artículo 47.bis en el Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), quedó aprobada con “urgencia” bajo el Real Decreto-Ley 29/2020 publicado en el BOE el 30 de septiembre de 2020, conocida como la nueva ley de teletrabajo de los funcionarios o Ley de teletrabajo en la Administración pública”

VENTAJAS DEL TELETRABAJO 

De cara al empleado público, Trabajadores Unidos cree que la regulación del Teletrabajo, puede mejorar la eficiencia de la Administración autonómica, y la productividad del empleado público, en la medida que exigiría trabajar por objetivos y competencias, cuestión que hoy por hoy el Gobierno de Cantabria no tiene definida para gran parte de sus puestos de trabajo. Asimismo, se favorece la conciliación de la vida laboral y familiar, en la línea de la legislación vigente.

También reduce los problemas de movilidad y aparcamientos de vehículos privados, y los problemas de contaminación que ello conlleva. Supone además un ahorro para el bolsillo de cada empleado público que debe desplazarse.

De cara a la sociedad, al administrado, evita gran parte de desplazamientos a los edificios administrativos de ciudadanos y las molestias que ello les ocasiona. También contribuye a dar una mayor celeridad en la gestión de sus asuntos.

Para la propia Administración supone un ahorro en desplazamientos, y un avance en la digitalización de la Administración Autonómica. De la misma forma se garantiza que siempre habrá empleados de manera presencial en cada servicio a pesar de la rotación de empleados públicos en su teletrabajo.

“Debemos dejar de entender el trabajo en la Administración como una simple cuestión de fichar, y dar mayor importancia al desempeño por competencias u objetivos, así como a su evaluación”. “Con el teletrabajo ese gesto de fichar perderá parte de su poder a favor del cumplimiento de objetivos y competencias, y con ello, desplegar, de una vez por todas, sistemas de evaluación del desempeño, cuestión que este Gobierno ha dejado de lado hace años, pese a ser una prioridad”.

Habría que “excluir del Teletrabajo a aquellas personas que desarrollan su actividad habitual fuera de dichas dependencias” “En particular los que no trabajan detrás de una mesa de oficina: personal en obras y servicios, servicios de emergencia, mantenimiento, limpieza, personas con dependencia…”

DATOS

Su regulación supone, según el art. 47 bis del Estatuto Básico del Empleado Público, considerar el teletrabajo como una modalidad del puesto de trabajo prestada fuera de las dependencias, a través de las nuevas tecnologías, y siempre que las características del servicio lo permita. “Estamos hablando de una modalidad de trabajo de carácter voluntario para aquellos empleados públicos que lo soliciten bajo unos criterios objetivos y perfectamente regulados”. “Creemos que el Teletrabajo contribuirá a una mejor organización del trabajo en la Administración, identificando unos objetivos a cumplir y unos criterios objetivos para poder evaluar su cumplimiento”. 

Por supuesto, los empleados públicos que presten sus servicios mediante el Teletrabajo tendrán los mismos derechos y obligaciones que el resto de empleados públicos que hagan su trabajo de manera presencial, y por parte de la Administración se proporcionarían los medios tecnológicos para hacer posible este desempeño laboral”.

De una plantilla de unos 5.000 empleados públicos del Gobierno, esta medida de teletrabajo podría llegar a ser aplicable a unos 1.500 empleados públicos.

Algunas experiencias en Teletrabajo dentro de la Administración las hemos podido encontrar por ejemplo, en las Oficinas Comarcales de Ganaderia. De la misma manera, el trabajo dentro del Sindicato Trabajadores se hace de manera rotatoria con Teletrabajo hace ya meses, intentando cumplir los objetivos que hoy proponemos. Sin embargo, la Junta de Personal, en la que se encuentra todas las organizaciones sindicales del Gobierno ha rechazado recientemente nuestra propuesta de hacer las reuniones virtuales, pues aun apuestan por la presencialidad.

SITUACION EN EL GOBIERNO DE CANTABRIA

LA situación vivida a lo largo de la pandemia COVID-19, tendría que habernos enseñado que los objetivos y medidas del Teletrabajo ya tendría que haberse llevado a cabo en la actualidad.

Sin embargo, la implantación del Teletrabajo se ha venido tratando de impulsar desde hace meses por parte del Gobierno autonómico, e incluso se constituyó un grupo de trabajo para la elaboración por Decreto del teletrabajo dentro del Gobierno de Cantabria, “dichos trabajos desde el mes de julio de 2021, se han frenado, con un borrador ya confeccionado, encima de la mesa y que no ha seguido adelante, lo que evidencia la falta de voluntad política decidida en regular esta materia”.

Por todo ello, “desde Trabajadores Unidos emplazamos al Gobierno de Cantabria, y a su Presidente, a que retomen el borrador de Decreto que regula el Teletrabajo en la Administración autonómica y que lleva seis meses olvidado, e impulsen su promulgación antes del 31 de diciembre de 2021”. “Creemos que se trata de una oportunidad de mejora para el funcionamiento de la Administración, para su eficiencia, para una mayor y mejor gestión de los asuntos de los ciudadanos”.

OTRAS ADMINISTRACIONES QUE YA REGULAN EL TELETRABAJO

La Administración General del Estado (AGE) es la que parece haberse implicado más en la aplicación del teletrabajo. El Acuerdo entre Gobierno y Sindicatos dio luz verde a que se pudiera teletrabajar hasta tres días por semana: https://cincodias.elpais.com/cincodias/2021/04/12/economia/1618227263_698882.html

Un Decreto de teletrabajo delGobierno vasco de 2012 regula el trabajo a distancia por el Gobierno Vasco (2012): 

En Galicia: ORDEN de 20 de diciembre de 2013,)

En Castilla la Mancha: Decreto 57/2013, de 12/08/2013.

En Islas Baleares: Decreto 36/2013, de 28 de junio.

En Extremadura: Decreto 68/2015, de 30 de abril.

En Canarias: Decreto 68/2015, de 30 de abril

En la Comunidad Valenciana: Decreto 82/2016, de 8 de julio.

En La Rioja: Decreto 45/2021, de 28 de julio,  

En Aragón: ORDEN HAP/320/2021, de 31 de marzo, 

En la Comunidad de Madrid: Decreto 79/2020, de 16 de septiembre.

En Castilla-León: DECRETO 16/2018, de 7 de junio.

En Andalucía: Resolución de 16 de septiembre de 2020.

En Cataluña: Decreto 77/2020, de 4 de agosto.

Preguntas de la rueda de prensa. | Enlace