Estancias de formación en empresas para profesorado de F.P. curso 2022-2023

Resolución de 27 de octubre de 2022, por la que se establece la convocatoria para la realización de estancias de formación en empresas o instituciones para el profesorado que imparte Formación Profesional del sistema educativo en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el curso 2022-2023. | Enlace

Modalidades: Se oferta una plaza en cada una de las empresas o instituciones propuestas por la Consejería de Educación (modelo A), que se relacionan en el anexo I de la resolución. También pueden ser empresas o instituciones propuestas por el profesorado (modelo B), con un proyecto de trabajo ratificado por la empresa o institución colaboradora.

Duración: Las estancias de formación se podrán realizar desde el 8 de noviembre de 2022 hasta el 31 de julio de 2023. Su duración oscilará entre 20 y 120 horas, para otros casos se requerirá autorización específica.

Desarrollo: Con carácter general, la estancia formativa se realizará en tiempos no coincidentes con el horario individual del profesorado y, excepcionalmente, podrá ocupar parte del horario individual, de dos maneras: reduciendo el horario complementario (sin que afecte al funcionamiento del centro) o cogiendo horas del módulo de FCT (por asignación del director del centro, a propuesta de la jefatura de estudios y previa petición de los interesados, sin menoscabo de las actividades lectivas de recuperación con el alumnado que tengan pendientes de superar algún módulo u otras tareas que puedan corresponderle). La estancia se podrá llevar a cabo dedicando una o varias jornadas a la semana. La concreción del horario, periodo de realización y funciones a desempeñar durante la estancia formativa se llevará a cabo entre la empresa la persona solicitante, una vez haya sido seleccionada por el comité de valoración. La estancia se realizará de forma continuada durante el periodo elegido, siendo la dedicación horaria diaria entre 2 y 8 horas.

Forma y plazo de presentación de las solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días hábiles. Expirado el plazo anterior se abrirá un nuevo plazo de solicitud entre el 13 de febrero y el 3 de marzo de 2023. Las solicitudes se presentarán por registro (en el de la Consejería de educación o en los establecidos por el artículo 134.8 de la Ley 5/2018), según el modelo del anexo II. Si se participa por la modalidad B (empresa propuesta por parte del profesorado) se adjuntará la siguiente documentación:

  • Proyecto personal, según el modelo del anexo III, en el que se especificará:
    • Nombre de la empresa o institución y departamento de la misma, si procede, en los que se va a desarrollar la estancia formativa.
    • Puesto formativo elegido para el desarrollo de la estancia.
    • El interés del solicitante por el puesto formativo elegido.
    • La relación entre el puesto formativo solicitado y la tarea docente desempeñada por el solicitante.
    • Los objetivos que el solicitante pretende conseguir.
    • Temporalización.
  • Acuerdo con la empresa para realizar la estancia formativa, según el modelo del anexo IV.

Se puede presentar más de una solicitud por persona, bien para periodos distintos o para diferentes empresas dentro el mismo periodo, siempre que la suma de las horas de todas las estancias solicitadas no supere el máximo establecido de 120 horas.

El profesorado interesado podrá recibir orientación de la asesoría de Formación Profesional del Centro de Profesorado, especialmente en lo referido a la elaboración del proyecto personal.

El profesorado que haya participado en convocatorias anteriores y solicite estancia en la modalidad B de la actual convocatoria deberá presentar, obligatoriamente, un proyecto diferente al de estancias realizadas anteriormente.

Criterios de selección (En ambas modalidades, serán desestimadas aquellas solicitudes que no obtengan una puntuación total mínima de 60 puntos):

Modalidad A (máximo 100 puntos):
a) Participación en el procedimiento (máximo 25 puntos):
— Haber participado en la convocatoria anterior y no haber obtenido estancia: 25 puntos.
— No haber participado en convocatorias anteriores: 15 puntos.
b) Adecuación de la acción formativa seleccionada a su práctica docente (máximo 50 puntos):
— Adecuación al 100%: 50 puntos.
— Adecuación al 75%: 35 puntos.
— Adecuación al 50%: 25 puntos.
c) Experiencia docente en Formación Profesional:
— Más de 10 años: 25 puntos.
— De 6 a 10 años: 15 puntos.
— De 0 a 5 años: 10 puntos.
En caso de empate, será a favor de aquella que obtenga mayor puntuación en el apartado b; de persistir el empate, se resolverá a favor de la que obtenga mayor puntuación en el apartado c.

Modalidad B (máximo 100 puntos):
a) Adecuación de los objetivos planteados a los ciclos formativos en los que imparte o ha impartido docencia (máximo 20 puntos):
— Adecuación al 100% al Ciclo Formativo: 20 puntos.
— Adecuación al 75% al Ciclo Formativo: 15 puntos.
— Adecuación al 50% al Ciclo Formativo: 10 puntos.
b) Idoneidad de la empresa o institución seleccionada para la consecución de los objetivos de la estancia (máximo 20 puntos):
— Muy idónea: 20 puntos.
— Bastante idónea: 15 puntos.
— Algo idónea: 10 puntos.
c) Incidencia del proyecto en el aula (máximo 20 puntos):
— Muy aplicable al proceso de enseñanza-aprendizaje: 20 puntos.
— Bastante aplicable al proceso de enseñanza-aprendizaje: 15 puntos.
— Algo aplicable al proceso de enseñanza-aprendizaje: 10 puntos.
d) Actualización en determinados aspectos tecnológicos cuya especificidad hace difícil el acceso a los mismos por otros medios (máximo 20 puntos):
— Muy aplicable al proceso de enseñanza-aprendizaje: 20 puntos.
— Bastante aplicable al proceso de enseñanza-aprendizaje: 15 puntos.
— Algo aplicable al proceso de enseñanza-aprendizaje: 10 puntos.
e) En el caso de que la estancia formativa esté relacionada directamente con la implantación de los nuevos títulos de Formación Profesional derivados de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (máximo 20 puntos):
— Relación directa con los contenidos de algún módulo profesional de un título de nueva incorporación al catálogo de títulos derivado de la LOE: 20 puntos.
— Relación directa con los contenidos de algún módulo profesional de un título de sustitución al catálogo de títulos derivado de la LOE que sustituya a otro título derivado de la LOGSE: 15 puntos.
— Relación transversal con los contenidos de los nuevos títulos derivados de la LOE: 10 puntos.

Procedimiento de selección: La Dirección General de Formación Profesional verificará que la solicitud cumple los requisitos exigidos y, si advirtiese defectos formales u omisión de alguno de los documentos exigidos, requerirá al solicitante para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en el plazo de diez días, apercibiéndole que, de no hacerlo, se entenderá que desiste de su solicitud, previa resolución. El estudio y selección de las solicitudes se llevará a cabo por un comité de valoración, que hará la propuesta de candidatos seleccionados y excluidos a la Dirección General de Formación Profesional, que resolverá en el plazo máximo de siete días y notificará la resolución a los seleccionados con siete días de antelación al comienzo previsto en la solicitud de la actividad formativa.

El profesorado seleccionado podrá renunciar a la estancia antes de la incorporación a la empresa. La no incorporación a la empresa sin interponer renuncia o el abandono de la misma antes de la finalización de la estancia formativa, sin causa justificada, supondrá la imposibilidad de la participación en la convocatoria de estancias formativas durante los dos años siguientes y, en su caso, el no reconocimiento de la parte de estancia realizada.

Seguimiento y evaluación: El Centro de Profesorado realizará el seguimiento y evaluación de estas estancias formativas. La asesoría de Formación Profesional del Centro de Profesorado emitirá un informe de evaluación a la finalización de cada estancia, para cuya redacción podrá recabar de las empresas y entidades la información que considere necesaria.

Vinculación con la institución o empresa de acogida: El profesorado no tendrá ninguna vinculación o relación laboral con la empresa, ni podrá ocupar un puesto de trabajo dentro de su cuadro de personal mientras realiza la estancia de formación, por lo que queda excluido de la legislación laboral vigente. La empresa remitirá a la inspección de Trabajo la notificación correspondiente. Durante la realización de las estancias de formación, el profesorado participante estará cubierto por un seguro complementario de responsabilidad civil y de accidentes suscrito por la Consejería de Educación y Formación Profesional.

Justificación de la estancia en la empresa: Se entregará, en el Centro de Profesorado, en el plazo de 30 días contados a partir del siguiente al de la finalización de la estancia, la siguiente documentación:
a) Certificación de la empresa o institución acreditando la realización de la estancia, según modelo del anexo V.
b) Memoria de participación en la que consten:
1.- Objetivos alcanzados a la finalización del proyecto.
2.- Desarrollo del proyecto: diario de trabajo reflejando las diferentes fases de la estancia, así como implicaciones organizativas que ha supuesto su desarrollo.
3.- Conclusiones: se reflejarán los logros del proyecto y su incidencia en la docencia directa, la valoración del proceso y, en su caso, las propuestas de futuro.
c) Materiales didácticos elaborados, si los hubiere.

Esta documentación, junto con el informe del asesor de Formación Profesional del Centro de Profesorado, será remitida por este centro a la Unidad Técnica de Formación Profesional y Educación Permanente.

Reconocimiento y certificación: El comité de valoración, una vez revisados los expedientes recibidos, asignará los créditos de formación en un informe final, reconociendo un crédito por cada 10 horas de estancia, siendo requisito imprescindible para la certificación que el informe del asesor de Formación Profesional del Centro de Profesorado valore positivamente la estancia. El Centro de Profesorado realizará las certificaciones en función de las asignaciones determinadas.

Aquellos participantes que, con motivo de la estancia realizada, hubiesen elaborado materiales curriculares innovadores (en cuanto a metodología y/o uso de las T.I.C.), podrán obtener un máximo de dos créditos adicionales, siempre y cuando su estancia formativa hubiese sido valorada positivamente por el asesor del Centro de Profesorado.

PROFESORES SELECCIONADOS PARA LAS ESTANCIAS FORMATIVAS EN EL PERIODO 2