La reunión conjunta para aprobar los Decretos de la OPE 2022, la estabilización y el concurso de méritos extraordinario, ha pasado sin pena ni gloria, por cuanto el 8 de abril ya se anunció todos los extremos que la Consejera de Presidencia tenía previstos y ha sido un mero acto de trámite bajo un proceso de negociación ausente de voluntad real.
Las aportaciones desde Trabajadores Unidos a los borradores de Decreto:
- Solicitamos que conste en anexos el detalle de cada número de plaza y el centro de trabajo al que está adscrito, no una mera cuantificación por grupo o cuerpo como pretende el Decreto.
- Solicitamos que la designación de los Tribunales se haga constar que serán bajo criterios objetivos y transparentes y en el que puedan participar los empleados públicos a través de un concurso.
- Solicitamos también que se estipule en el Decreto que los Tribunales responderán por escrito a todo aspirante que plantee una alegación.
- El Decreto que regulará el concurso de méritos en su párrafo II entra en una contradicción en sus términos lo cual resulta incoherente e irregular cuando afirma que se incluirán las plazas que no han sido incluidas en los procesos de estabilización de los años 2017 y 2018, puesto que dichas plazas nunca se publicaron con el detalle del número de la plaza, ni tampoco las plazas que fueron incluidas en diferentes procesos (concursos, promoción interna, etc.)
Asimismo hemos manifestado que mantenemos unas dudas más que razonables de su fiabilidad. Algunos ejemplos de la falta de fiabilidad: la plaza 5163 que se incluye en los listados ya ha sido ofrecida el 3 de marzo, o las plazas 8189 y 3175 ya han sido ofrecidas. O también el ejemplo de las plazas 7018 y 6932 que figuran con la Disposición Adicional 6ª y realmente son plazas que datan con una antigüedad del año 2021. Son varios ejemplos, que por no extendernos más nos hacen dudar de todo este proceso. A esto, la Directora General de Función Pública se mantiene en sus trece. Los datos que maneja la Administración son correctos.
De las 51 plazas que la Administración pretende llevar a concurso de méritos, hemos hecho hincapié que tienen al menos 114 plazas que debieran ser incluidas. Tampoco acepta esto la Directora de Función Pública.
Tenemos además el precedente de que se están eliminando ya, a través de oferta de puestos de la OPE, un gran número de vacantes de personal interino a sabiendas de que están afectados por esta Ley 20/2021. Por ello, las tomas de posesión de fecha 3 de marzo, 7 de abril y 22 abril van a ser recurridas por Trabajadores Unidos.
Está claro que una parte del Gobierno, en este caso la Consejera de Presidencia, y la Directora de Función pública, les estorba el cumplimiento de la Ley 20/2021 y el personal interino, al menos los que más experiencia tienen, aunque, públicamente la Consejera expone el cumplimiento de los criterios de la Ley.
Sin embargo, otra parte de Gobierno (Educación y Servicio Cántabro de Salud) han adecuado sus procesos, una vez se publicó esta Ley, procesos que ya estaban abiertos, ofertando las plazas más nuevas y así respetar lo dispuesto en la Ley, como han hecho también las Administraciones en otras CCAA. Otro ejemplo cercano que hemos trasladado desde Trabajadores Unidos: ¿cómo es posible que el Ayuntamiento de Santander ofrece 108 plazas a estabilizar, y que esa oferta sea superior que la del Gobierno de Cantabria?, es muy poco creíble todos estos datos.
Se somete a la aprobación de Mesa tres Decretos diferentes (OPE 2022, Estabilización y Concurso de Méritos), y preguntamos desde Trabajadores Unidos ¿la oferta que se va a ejecutar va a ser a través de una convocatoria única? ¿ o se hará por convocatoria separada? Desde Trabajadores Unidos pedimos que se nos aclare si se hará una única convocatoria o se hará tres convocatorias, esto es, turno libre, estabilización y concurso de méritos. La Directora de Función Publica aclara que serán dos convocatorias: una del concurso-oposición, y otra, del concurso de méritos extraordinario. El ehcho de que vayan en dos convocatorias no excluye que puedan ejecutarse al mismo tiempo o en distintos momentos.
La Ley 20/2021 en su Exposición de Motivos número IV describe “… garantizar que las Administraciones Públicas inicien una senda de reequilibrio que aporte credibilidad a la evolución futura de la temporalidad en el empleo público, a fin de situar la tasa de cobertura temporal por debajo del ocho por ciento de las plazas estructurales, y, en esa medida, pueda predicarse de cada una de ellas…”, y habría que preguntarse: qué objetivo de temporalidad va a desarrollar esta Administración y que se va a cumplir realmente con este proceder?.
Por eso pedimos que se nos facilite el número de personal interino, el número de plazas que se van a estabilizar, y los porcentajes de personal interino que hay en la actualidad y el porcentaje de interinidad que quedaría una vez concluidos estos procesos. La Directora General de Función Pública afirma que cuando los tenga los llevará a la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Estabilización.
Nuestro planteamiento sobre el proceso de estabilización y oferta de empleo como ya hemos expresado:
1. Concurso de Méritos Extraordinario: Según los datos que nos consta, cumplirían el requisito establecido en las adicionales 6ª y 8ª de la Ley 20/2021: 114 plazas, y no 51 como propone Función Pública.
2. A esto habría que sumar todas las plazas que cumplen con el artículo 2 de la Ley, concurso oposición, a las que lleven al menos 3 años en 2020, y así culminar el proceso de estabilización que regula la Ley.
3. En relación a este proceso reiteramos, que se modifiquen las plazas ofertadas para las tomas de posesión y afectadas por el Concurso extraordinario de méritos.
4. Que no se oferte una sola plaza más que cumpla los criterios de la Ley 20/2021.
5. Hemos solicitado la Relación de la antigüedad de las plazas ya ofertadas y criterios que se han aplicado (AMN) y la Relación de programas/interinos que existen en el Gobierno de Cantabria.
Otros planteamientos, expuestos ya desde Trabajadores Unidos, y que reiteramos:
– Tanto la OPE turno libre como lo establecido en el artículo 2 de Ley (concurso- oposición) no incluyan pruebas eliminatorias.
– Que la experiencia en la Administración sea el mayor peso en la fase del concurso oposición.
– Que la fase de oposición conste de un solo ejercicio.
– Que en cualquier criterio de desempate prime el apartado de experiencia.
– Que el concurso de méritos extraordinario sea la forma preferente de convocatoria por volumen de plazas, y en este caso que el peso mayor de los méritos sea la experiencia en todos los casos, y sobre todo la experiencia en el Gobierno de Cantabria.
En este sentido, nuestra propuesta de realización de los próximos exámenes y pruebas de acceso a la función pública deben ser lo más simplificados posible, así como que las pruebas sean coherentes y asequibles, y no se repita lo que han venido ocurriendo en esta última OPE.
En relación a la Promoción Interna, creemos desde Trabajadores Unidos que, por un lado, la cantidad de plazas desiertas que va quedando proceso tras proceso, que podrían pasar al turno libre, y por otro, las pruebas distan bastante de contemplar los supuestos reales a los que se enfrentan los funcionarios en su puesto de trabajo.
Desde Trabajadores Unidos planteamos la importancia de la formación relacionada con las tareas a desarrollar. Es por ello que además de otros méritos, la prueba consista en la superación con aprovechamiento de cursos de formación en el CEARC, de manera que se cumpla el doble objetivo de:
– optimizar los recursos con los que cuenta la administración, en materia de formación
– y de constatar que el funcionario cuenta con la preparación suficiente pare el desarrollo de las nuevas tareas encomendadas.
Aprovechamos para trasladar que hay muchos funcionarios que solicitan que la convocatoria de promoción interna se alargue los suficiente para que pueda acceder una mayoría.
En la Promoción Interna cruzada, Trabajadores Unidos ha solicitado que se amplíen los cuerpos a los que se pueda acceder desde las categorías de personal laboral. Y en este sentido hemos considerado la promoción interna cruzada como insuficiente.
Solicitamos también que en todas las convocatorias quede, meridianamente claro que sucede con las plazas desiertas tanto de las plazas para personas con discapacidad, las plazas de promoción interna, y de promoción interna cruzada.
Hemos solicitado a su vez un cronograma de el orden en el que se van a producir todos los procesos, anuncio de decreto, convocatoria, fechas aproximadas de pruebas (tanto de turno libre, estabilización, promoción, etc.).
Por último, hemos anunciado desde Trabajadores Unidos que vamos a recurrir en los Tribunales la Oferta de puestos publicada el 3 de marzo, así como las plazas de AMN de Montes, y recurriremos todas las ofertas de puestos donde se incluyan plazas que cumplen con los criterios de la Ley de reducción de temporalidad.
En el apartado de ruegos y preguntas hemos cuestionado por:
Conocer los criterios por los que se ha cesado a unos agentes de medio natural, cuestión que se ha preguntado reiteradamente y no se responde en esta Mesa. Desde Función Pública se nos responde que los criterios han sido los generales, es decir los mismos que para otras categorías y cuerpos.
Que previsión de fechas existe desde Función Pública para la publicación de las nuevas bolsas de sustituciones de administrativo, auxiliar y subalterno, a lo que Función Publica responde que hasta que no se publique las listas de los aspirantes aprobados y que deben tomar posesión de las plazas no se publicará las listas del persona interino para sustituciones. Así que toca esperar…