Procedimiento de valoración del personal docente especialmente sensible

PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EL 8 DE MAYO DE 2020

Las medidas de prevención de riesgos laborales relativas al riesgo por COVID-19 durante el periodo ordinario de escolarización indican que se evitará que las personas que acudan a realizar este trabajo pertenezcan al grupo de trabajadores especialmente sensibles.

Con la evidencia científica disponible a fecha 8 de abril de 2020, el Ministerio de Sanidad ha definido como grupos vulnerables para COVID-19 las personas con diabetes, enfermedad cardiovascular, incluida hipertensión, enfermedad pulmonar crónica, inmunodeficiencia, cáncer en fase de tratamiento activo, embarazo y mayores de 60 años.

El personal sanitario de la Sección de Salud Laboral será el encargado de evaluar la presencia de personal trabajador especialmente sensible en relación a la infección por el nuevo coronavirus SARS-Cov2, de acuerdo al Procedimiento de actuación para los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2 (COVID19) publicado por el Ministerio de Sanidad a fecha 30 de abril de 2020.

El personal docente, para solicitar esta valoración, debe enviar un correo electrónico a la dirección salud.laboral@educantabria.es, poniendo lo siguiente:

  • Asunto: «Valoración Especial Sensibilidad».
  • Nombre del empleado.
  • Centro educativo en el que está adscrito este curso.
  • Cuerpo y especialidad a la que pertenece.
  • Número de teléfono de contacto.
  • Informe actualizado del médico de cabecera, que incluya:
    • Edad del trabajador.
    • Patologías que presente y puedan relacionarse con mayor vulnerabilidad frente a la infección por SARS-CoV2.
    • Control y tratamiento actual.
  • Informes de médicos especialistas sobre las patologías alegadas, si se tienen.

Como no están dando los informes médicos, podéis aportar recetas electrónicas o una declaración de que habéis solicitado al médico el informe, indicando que estáis a la espera y explicando las patologías que padecéis.

ACTUALIZACIÓN A 14 DE MAYO DE 2020

En caso de no tener informes médicos actualizados, el trabajador/a firmará la autorización, incluida en el Anexo I de las instrucciones, para que el personal sanitario de la sección pueda consultar su historia clínica personal obrante en el Servicio Cántabro de Salud. | Descargar solicitud

LA JUSTIFICACIÓN DE PORQUÉ SE INCLUYE LA AUTORIZACIÓN PARA QUE EL MEDICO DE LA EMPRESA PUEDA ACCEDER A TU HISTORIA CLÍNICA

Se ha añadido un modelo de autorización para que el personal médico pueda consultar la historia clínica del interesado, que posee el Servicio Cántabro de Salud, ya que hay médicos de atención primaria que se están negando a emitir los informes.

En relación a esta novedad Trabajadores Unidos ha pedido informe de protección de datos, ya que nos estamos encontrando con que los médicos,  en muchos casos, no están remitiendo los informes o tardan en hacerlo, lo que nos lleva a que, para poder ejercer un derecho, tengamos que autorizar a terceros, cuando el derecho básico es que nos emitan directamente los informes a nosotros, según la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, que en su artículo 22 Emisión de certificados médicos, establece que todo paciente o usuario tiene derecho a que se le faciliten los certificados acreditativos de su estado de salud. Éstos serán gratuitos cuando así lo establezca una disposición legal o reglamentaria.

Nuestra recomendación es que, si vuestro servicio médico no elabora los informes, os pongáis en contacto con nosotros para realizar la oportuna reclamación, antes de autorizar que se acceda a nuestro historial.

Santander, a 14 de mayo de 2020

Trabajadores Unidos