Integración del profesorado técnico de FP en el cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria (A1)

Tras la publicación de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, el profesorado que puede impartir docencia en FP queda clasificado en tres cuerpos:

  • Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (A1), en el que se incluyen las siguientes especialidades:
    • Equipos electrónicos (EE).
    • Instalación y mantenimiento de equipos térmicos y de fluidos (MET).
    • Instalaciones electrotécnicas (IE).
    • Instalaciones y equipos de cría y cultivo (ECC).
    • Laboratorio (LAB).
    • Máquinas, servicios y producción (MSP).
    • Oficina de proyectos de construcción (OPC).
    • Oficina de proyectos de fabricación mecánica (PFM).
    • Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios (EPA).
    • Operaciones de procesos (OP).
    • Operaciones y equipos de producción agraria (OAG).
    • Procedimientos de diagnóstico clínico y ortoprotésico (PDC).
    • Procedimientos sanitarios y asistenciales (PSA).
    • Procesos comerciales (PCO).
    • Procesos de gestión administrativa (PGA).
    • Producción textil y tratamientos físico-químicos (PTX).
    • Servicios a la comunidad (SC).
    • Sistemas y aplicaciones informáticas (SIF).
    • Técnicas y procedimientos de imagen y sonido (IMG).
  • Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de FP (A2):
    • Cocina y pastelería (CP).
    • Estética (EST).
    • Fabricación e instalación de carpintería y mueble (FIM).
    • Mantenimiento de vehículos (MV).
    • Mecanizado y mantenimiento de máquinas (MMM).
    • Patronaje y confección (PC).
    • Peluquería (PL).
    • Producción en artes gráficas (PGR).
    • Servicios de restauración (SR).
    • Soldadura (SOL).
  • Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional (A2).

Para ello será preciso modificar el Real Decreto 1834/2008, que establece las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria.

En cada oferta de Formación Profesional se determinarán las especialidades del profesorado que deba impartir los correspondientes módulos profesionales, así como las equivalencias a efectos de docencia y la cualificación de los profesores especialistas que proceda, en cada caso.

Paso de profesorado del cuerpo de Profesores Técnicos de FP (A2) al cuerpo de Secundaria (A1):

Podrán solicitar el acceso (cuando se abra el plazo de 20 días) los docentes que, además de la formación pedagógica y didáctica (Máster de Formación del Profesorado o equivalente), tengan titulación de Grado universitario, licenciatura, ingeniería, arquitectura o equivalente a efectos de acceso a la función pública docente, u otra equivalente a efectos de docencia de las especialidades del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria (diplomaturas, ingenierías técnicas… recogidas en el Anexo V del Real Decreto 276/2007, que establece el acceso a la función docente y que se verá modificado por este Real Decreto). El personal funcionario de carrera se nombrará con efectos retroactivos desde el 19 de enero de 2021. El personal funcionario que está realizando las prácticas este curso 2021-2022, será nombrado con efectos de la fecha en que sea nombrado funcionario de carrera (1 de septiembre de 2022).

Los docentes que no tengan la titulación seguirán en el cuerpo de Profesores Técnicos de FP (A2) y podrán solicitar el acceso al A1, una vez obtenida la titulación requerida, hasta el 19 de enero de 2026. Si es estimada, será con efectos de la fecha en la que se realice la solicitud. Si no adquieren la titulación permanecerán en el mismo cuerpo (A2) hasta su jubilación.

Integración del profesorado del cuerpo de Profesores Técnicos de FP (A2) en el cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de FP (A2):

Su integración es automática.

El personal funcionario de carrera (excluido el interino) que tenga la titulación requerida podrá solicitar ser incluido en el cuerpo A1, aunque estará adscrito al cuerpo de Profesores Especialistas durante el periodo que se establezca.

Los docentes que no tengan la titulación podrán solicitar el acceso al A1, una vez obtenida la titulación requerida, hasta el 19 de enero de 2026.

Trámite de consulta pública previa del Proyecto de Real Decreto (05/04/2022):

Se convoca, con carácter previo a la elaboración de la disposición de referencia, una consulta pública en la que se recabará la opinión de las personas y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. | Documento de consulta pública

Las aportaciones se pueden enviar, hasta el el viernes 22 de abril de 2022 inclusive, a la siguiente dirección de correo electrónico: RDintegracionFP@educacion.gob.es.

Trámite de audiencia e información pública del Proyecto de Real Decreto (20/05/2022):

Proyecto Real Decreto por el que se regula la integración del profesorado del cuerpo a extinguir de profesores técnicos de formación profesional en el cuerpo de profesores de secundaria. | Proyecto de Real Decreto

Las aportaciones se pueden enviar, hasta el jueves 9 de junio de 2022 inclusive, a la siguiente dirección de correo electrónico: RDintegracionFP@educacion.gob.es.

Publicación del Real Decreto en el BOE (05/10/2022):

Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre, por el que se regula la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, y se modifican diversos reales decretos relativos al profesorado de enseñanzas no universitarias. | Enlace

Paso de profesorado del cuerpo de Profesores Técnicos de FP (A2) al cuerpo de Secundaria (A1):

Podrán solicitar el acceso (cuando se abra el plazo de 20 días hábiles) los docentes que tengan titulación de Grado universitario, licenciatura, ingeniería, arquitectura o equivalente a efectos de acceso a la función pública docente, u otra equivalente a efectos de docencia (diplomatura, ingeniería técnica o arquitectura técnica para las especialidades recogidas en el Anexo V del Real Decreto 276/2007). El personal funcionario de carrera se nombrará con efectos retroactivos desde el 19 de enero de 2021 (o desde la fecha que tuvieran la titulación si es posterior). El personal funcionario que realizó las prácticas el curso 2021-2022, será nombrado con efectos retroactivos de 1 de septiembre de 2022.

Los docentes que no tengan la titulación seguirán en el cuerpo de Profesores Técnicos de FP (A2) y podrán solicitar el acceso al A1, una vez obtenida la titulación requerida, hasta el 19 de enero de 2026. Si es estimada, será con efectos de la fecha en la que se realice la solicitud. Si no adquieren la titulación permanecerán en el mismo cuerpo (A2) hasta su jubilación.

Integración del profesorado del cuerpo de Profesores Técnicos de FP (A2) en el cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de FP (A2):

Su integración es automática.

El personal funcionario de carrera que tenga la titulación requerida podrá solicitar ser incluido en el cuerpo A1. Los docentes que no tengan la titulación podrán solicitar el acceso al A1, una vez obtenida la titulación requerida, hasta el 19 de enero de 2026.

Borrador de la convocatoria (18/11/2022):

Después de mucho insistir sacarán el borrador el próximo 25 de noviembre.

Convocatoria (14/12/2022):

Orden EDU/63/2022 de 5 de diciembre, por la que se convoca el procedimiento para que el profesorado del Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional, se integre en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

Las personas interesadas deberán formular una solicitud obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario habilitado al efecto en Educantabria y adjuntar telemáticamente la documentación justificativa a la solicitud, según el procedimiento establecido en el manual de usuario.

El plazo de presentación de solicitudes es desde el 15 de diciembre de 2022 hasta el 13 de enero de 2023.

Lista provisional de personas propuestas para ser integradas (28/04/2023):

Resolución de 28 de abril de 2023, de la Dirección General de Personal Docente y Ordenación Académica, por la que se aprueba la relación provisional de personas que se proponen para ser integradas en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, así como de aquellas que se excluyen provisionalmente, con la causa de exclusión.

Anexo I: Listado de personas que se proponen para ser integradas

Anexo II: Listado de solicitudes que se excluyen provisionalmente con su causa

Anexo III: Listado de solicitudes que se excluyen por no ser personal funcionario de carrera en activo

Anexo IV: Listado de profesorado en situación de excedencia por encontrarse en servicio activo en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria

Anexo V: Listado de profesorado con más de una especialidad en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional

Anexo VI: Listado de profesorado que proponiéndose para su integración decaen de todos sus derechos

Las personas interesadas podrán presentar reclamaciones a esta resolución provisional del 2 al 15 de mayo, ambos incluidos. Las reclamaciones se deberán presentar ON LINE utilizando el procedimiento habilitado DENTRO DE LA CONSULTA INDIVIDUALIZADA en la aplicación Puntal o bien presentándolas por alguno de los registros a los que se refiere el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Lista definitiva de personas propuestas para ser integradas (29/05/2023):

Resolución

Anexo I: Listado definitivo de personas que se proponen para ser integradas
Anexo II: Listado de solicitudes que se excluyen definitivamente, con la causa de exclusión
Anexo III: Listado de solicitudes que se excluyen definitivamente por no ser funcionarios de carrera en activo
Anexo IV: Listado definitivo de profesorado en situación de excedencia por encontrarse en servicio activo en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria
Anexo V: Listado definitivo de profesorado con más de una especialidad en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional
Anexo VI: Listado definitivo de profesorado que proponiéndose para su integración al amparo de la base decimoctava decae de todos sus derechos en el concurso de méritos

Resolución del procedimiento en el BOC (07/06/2023):

Orden EDU/17/2023, de 30 de mayo, por la que se resuelve el procedimiento para la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, para personal funcionario de carrera adscrito al ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El profesorado integrado cobrará en julio (22/06/2023):

Según nota de prensa publicada por el Gobierno, los 171 docentes integrados comenzarán a cobrar en la nómina de julio la diferencia salarial en sueldo y trienios que les corresponde por su cambio de cuerpo.

Además, el Ministerio de Educación y Formación Profesional ha asegurado que, su publicación como ingresados en el Cuerpo de Profesores de Secundaria en el BOE, se hará efectiva en el mes de julio.

Nombramiento en el BOE (03/07/2023):

Orden EFP/710/2023, de 26 de junio, por la que, a propuesta de la Consejería de Educación y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se integra en el Cuerpo de Profesores de Educación Secundaria al personal funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, a extinguir, en virtud del procedimiento convocado por Orden EDU/63/2022, de 5 de diciembre.

Lista provisional de personas propuestas para ser integradas (23/10/2023):

Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se aprueba la relación provisional de personas que se proponen para ser integradas en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, así como de aquellas que se excluyen provisionalmente, con la causa de exclusión. 

Anexo I: Listado de personas que se proponen para ser integradas
Anexo II: Listado de solicitudes que se excluyen provisionalmente, con la causa de exclusión
Anexo III: Listado de solicitudes que se excluyen por no ser funcionarios de carrera en activo
Anexo IV: Listado de profesorado en situación de excedencia por encontrarse en servicio activo en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria

Las personas interesadas podrán presentar reclamaciones a esta resolución provisional del 24 de octubre al 7 de noviembre, ambos incluidos. Las reclamaciones se deberán presentar ON LINE utilizando el procedimiento habilitado DENTRO DE LA CONSULTA INDIVIDUALIZADA en la aplicación Puntal.

Acceso a la consulta individualizada

Desistimiento (08/11/2023):

Resolución de 8 de noviembre de 2023 por la que se dan por desistidas a las personas que, en el plazo establecido, no han presentado reclamaciones o no han subsanado el defecto que haya motivado su exclusión. 

Integración de profesorado (29/02/2024):

Orden EDU/9/2024, de 21 de febrero de 2024, por la que se resuelve el procedimiento para la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, para personal funcionario de carrera adscrito al ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Integración de profesorado (22/11/2024):

Orden EDU/60/2024, de 15 de noviembre, por la que se resuelve el procedimiento para la integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, para personal funcionario de carrera adscrito al ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Cantabria.