Información sobre la fase de prácticas curso 2021-2022

El nombramiento como personal funcionario en prácticas tiene efectos económicos y administrativos desde el 1 de septiembre y el nombramiento como personal funcionario de carrera se hará después de superar la fase de prácticas, normalmente se publica en el BOC en agosto y en el BOE en septiembre.

Fase de prácticas:

Está regulada por la resolución de 7 de septiembre de 2021.

Tiene una duración de 6 meses, del 1 de octubre al 31 de marzo. Para personas con reducción de jornada, permisos por nacimiento, adopción o acogida o por una causa excepcional (a valorar por la Comisión Calificadora) se exige un mínimo de 3 meses de servicios prestados, 3 visitas al aula por parte del profesor tutor y 2 visitas por parte del inspector encargado del seguimiento de la fase de prácticas. Si a 31 de marzo no se llega al mínimo de servicios prestados se continúa hasta completar el periodo. Si a 31 de marzo se han obtenido informes contradictorios, la comisión calificadora puede alargar la fase de prácticas hasta que acabe el curso.

La formación obligatoria consiste en un curso de 50 horas, impartidas de forma semipresencial, sobre características de la profesión docente y contexto educativo de Cantabria; marco normativo: proyecto educativo y proyecto curricular o propuesta pedagógica, programación didáctica y memoria; tutoría, evaluación y atención a la diversidad; convivencia escolar; didáctica y estrategias metodológicas en relación con el desarrollo de las competencias en las distintas materias, ámbitos y/o módulos. Se califica como apto/no apto.

Para evaluar esta fase, la comisión calificadora valora 4 informes: el del aspirante (según anexo II), el del tutor (según anexo III), el del director del centro (según anexo IV) y el del inspector (según anexo V) y califica apto/no apto. Si se obtiene no apto, se puede repetir esta fase una sola vez más.

La Comisión Calificadora organiza las actividades de formación e inserción de la fase de prácticas, nombra a los tutores y evalúa a los aspirantes. Es designada por el Director General de Personal y está formada por un presidente, que es el jefe de servicio de inspección (o en quien delegue), un secretario que es un inspector, el jefe de Servicio de Recursos Humanos (o en quien delegue), el jefe de la Unidad Técnica de Innovación Educativa (o en quien delegue), el jefe de la Unidad Técnica de Evaluación y Acreditación (o en quien delegue), dos directores de IES y un director de EOI.

El profesor tutor es designado por la Comisión Calificadora, a propuesta del director del centro y debe cumplir, en la medida de lo posible, las siguientes condiciones: ser funcionario de carrera, teniendo preferencia los catedráticos correspondientes, tener destino definitivo en el centro, tener una antigüedad mínima de 5 años en el cuerpo, poseer la especialidad y haber demostrado especial dedicación y eficacia en su trabajo.

Un mismo tutor puede ejercer la labor sobre más de un docente en prácticas. Si no fuera posible asignar un tutor del centro, la Comisión Calificadora designará el centro de referencia cuyo Director propondrá al profesor tutor.

Las funciones de los tutores son asesorar e informar a los funcionarios en prácticas (sobre organización y funcionamiento del centro y de sus órganos de gobierno, de participación y de coordinación docente; estrategias metodológicas y de evaluación, atención a la diversidad; elaboración y proceso de aplicación del proyecto educativo y del proyecto curricular o propuesta pedagógica del centro; programación didáctica de curso o de aula; tutoría y orientación de alumnos, y planes y programas institucionales que desarrolle su centro educativo) y emitir un informe de valoración al finalizar la fase de prácticas (según anexo III), que envían a la Comisión Calificadora.

Los tutores tienen que asistir a algunas clases que imparta el funcionario en prácticas y orientarle posteriormente. Es obligatorio que realicen 5 visitas en la fase de prácticas, 2 en el primer trimestre y la primera en octubre. Si en alguna visita aprecian problemas o desajustes deben notificarlo al inspector a la mayor brevedad.

Se reconocen 5 créditos de formación permanente por esta labor de tutoría.

Las funciones del director son supervisar la integración en la comunidad educativa, el cumplimiento del horario, de sus funciones y de la atención a las familias y valorar las aportaciones que realice en los órganos colegiados.

El inspector es designado por el titular de la dirección general de Innovación e Inspección Educativa, a propuesta de la Comisión de Calificación. Sus funciones son informar detalladamente en la visita inicial sobre las condiciones de la fase de prácticas, evaluar las aptitudes didácticas y pedagógicas, supervisar que los materiales, el registro del seguimiento del alumnado, las unidades didácticas impartidas y el proceso evaluador se ajustan a la normativa vigente y a lo acordado en la programación didáctica y asesorar sobre la práctica docente. Realizan al menos 3 visitas al aula.

Reconocmiento de experiencia previa (trienios y sexenios):

Quienes ya han trabajado como interinos en nuestra consejería mantienen su tiempo de servicios y deben cobrar lo mismo ya que la administración lo reconoce de oficio. Se puede consultar en la hoja de servicios por CSV.

Durante la fase de prácticas no se reconocen los trienios o sexenios, hay que esperar al tomar posesión como funcionario de carrera el 1 de septiembre del próximo curso.

Para cobrar el sexenio se exige tener 100 horas de formación desde que se cumplió el anterior, se puede comprobar las que ya están registradas en el informe de actividades de formación. Si no están incluidas en dicho informe se puede solicitar por registro, llevando los títulos, cursos, etc. y la solicitud cumplimentada.

Quienes han trabajado en otras administraciones deben solicitar que se les reconozca ese tiemo de servicio, a efectos de trienios, entregando la solicitud y adjuntando el Certificado de Servicios Previos (Anexo I) expedido por cada administración u organismo para el que se haya prestado servicio. A efectos de sexenios sólo computa el tiempo trabajado como docente en centros públicos.

Concurso de traslados:

Es obligatorio concursar, en caso contrario la administración adjudicará destino de oficio.

El personal funcionario en prácticas concursa con 0 puntos en el baremo, según el orden establecido tras la oposición y por detrás del personal de carrera.

Si no se obtiene destino definitivo se pasa a estar en situación de expectativa de destino y es obligatorio participar en el siguiente concurso, en el que sí se concursa según la puntuación del baremo. Se puede solicitar continuidad para permanecer en el mismo centro el siguiente curso (modelo) y si no se concede hay que participar en la asignación de destinos a personal funcionario de carrera, conforme a lo establecido en la Orden EDU/22/2009 para obtener destino provisional.

Tras la adjudicación de destino definitivo deben pasar 2 años para poder participar, de forma voluntaria, en el siguiente concurso.

A modo orientativo, la convocatoria se publica a finales de octubre o primeros de noviembre, las solicitudes se realizan en noviembre, las vacantes provisionales se publican a primeros de marzo, la adjudicación provisional se publica en marzo y la definitiva en abril o mayo.

Convocatorias de otros cursos:

Para solicitar comisión de servicios hay que ser personal funcionario de carrera. Comisiones de servicio 2021-2022

MUFACE:

Al tomar posesión como personal funcionario en prácticas en un Cuerpo docente adscrito al mutualismo administrativo se adquiere la condición de mutualista obligatorio/a de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE).

Hay que elegir la entidad sanitaria. Para ello Muface envía información a la dirección de correo electrónico que se haya facilitado a la consejería, no hay que solicitar nada hasta que no se reciba el email.

Se puede optar por un sistema sanitario público (INSS) o privado a través de entidades concertadas, ambos garantizan la provisión de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud:

Se puede cambiar la entidad sanitaria en enero o en junio de cada año y, de forma extraordinaria, en cualquier momento del año pero exigen dos años de permanencia.

También hay que confirmar o corregir los datos personales, accediendo en la sede electrónica, dentro del apartado “Servicios para colectivos específicos”, accediendo a través de la plataforma Cl@ve, que permite el uso de cualquier identificación electrónica válida (Cl@ve Permanente o Cl@ve PIN, Certificado Electrónico o DNI electrónico). La identificación CL@ve se puede obtener como se indica en el siguiente enlace.

Se puede incluir a los beneficiarios dándoles de alta en la sede electrónica, siguiendo el enlace.  Para ser beneficiario es requisito vivir con el titular, no percibir ingresos por rendimientos derivados del trabajo superiores al doble del IPREM y no estar protegido por título distinto a través de cualquiera de los regímenes que integran el Sistema Español de Seguridad Social, con una extensión y contenidos análogos a lo establecido en el Régimen General. Es incompatible con cualquier régimen de la Seguridad Social. 

Si tiene algún problema o no se consigue acceder a la información se puede contactar con el Servicio Provincial: datos de contacto. Se exige cita previa en todas las sedes, que se puede obtener llamando al teléfono 060 (diciendo «cita previa MUFACE») o a través de la sede electrónica, utilizando el servicio que aparece encima del apartado «Otros», con el DNI y un teléfono móvil.

Cuando termina el trámite de afiliación envían a casa un talonario de recetas (según la entidad sanitaria) y el carnet de mutualista, que es necesario para hacer gestiones y para las visitas al médico y al que no sustituyen las tarjetas que expiden las entidades sanitarias.

Hay una aplicación mediante la que se pueden realizar gestiones como localizar oficinas de MUFACE, contactar con la Oficina de Información al Mutualista, solicitar talonario de recetas o Tarjeta Sanitaria Europea, acceder a tu tarjeta de afiliación, o ver el estado de tus solicitudes.

Las prestaciones sanitarias son: asistencia sanitaria, prestación farmacéutica y prestaciones complementarias: oculares, dentarias y ortoprotésicas. Las prestaciones sociales son: incapacidad temporal, programas socio-sanitarios, gran invalidez, prestaciones familiares, ayudas asistenciales y becas.

MUFACE no gestiona las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, viudedad u orfandad ni las prestaciones y permisos de maternidad y paternidad.

Guía de bienvenida a los nuevos mutualistas. Enlace

Para resolver dudas o aclaraciones estamos a vuestra disposición:

Teléfono: 942 133 664 y 722 57 23 47

WEB: www.sindicatotu.es

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