La administración nos envía, 14 horas antes de la reunión en la que se va a tratar, el siguiente borrador sobre condiciones laborales para la enseñanza no presencial. Cualquier duda o aportación nos la podéis hacer llegar a tu.docentes@gmail.com o por Whatsapp al 722 57 23 47.
A petición de la Junta de Personal Docente, se procede a establecer las condiciones laborales del personal docente en el caso de que, por motivo de la incidencia del COVID19 en un aula, aulas, centro o centros educativos, la docencia pasara a un ‘escenario 3’, es decir, íntegramente no presencial.
En esta situación se observarán los siguientes criterios:
• El horario laboral de los docentes será el establecido normativamente, con carácter general: 37 horas y ½ semanales.
• Estas horas se desglosarán de la siguiente manera:
- Entre 18 y 21 períodos lectivos de atención directa al alumnado, en el caso del profesorado de Educación Secundaria y Técnicos de FP. La duración de cada período con cada grupo de alumnos no superará los 45 minutos. Ningún grupo de alumnos o alumno tendrá más de 6 períodos al día.
- 24 períodos de atención directa al alumnado, en el caso de los maestros/as. La duración de cada período con los alumnos no superará la ½ hora. Ningún grupo de alumnos o alumno de Infantil tendrá más de 4 períodos al día y 5 períodos los de Primaria.
- Cada dos períodos telemáticos se realizará un descanso de 15 minutos.
- El tiempo restante, hasta las 30 horas, equivalentes a las de presencia semanal en el centro, se destinarán a elaboración de materiales para los alumnos, corrección de tareas y reuniones de coordinación didáctica.
- Las 7 ½ horas restantes serán de libre disposición, para la realización de otras tareas relacionadas con la función y formación docentes.
• La jornada lectiva a distancia será lo más semejante posible a la presencial, realizándose, preferentemente, entre las 8:30 horas y las 14:30 horas, cuando el horario individual del profesorado sea en jornada diurna y de 15:30 horas a 21:30 horas, en el caso de jornada de tarde.
• En las enseñanzas de Régimen Especial de Música y Danza se mantendrá el mismo horario y mismas franjas de manera telemática.
• Aquellas tareas, especialmente, reuniones de coordinación didáctica y sesiones de evaluación del alumnado, cuando tengan que realizarse y no puedan desarrollarse en el horario explicitado en los dos puntos anteriores, se realizarán en el horario más adecuado que permita la mayor conciliación familiar del profesorado. En tal sentido, se considerará preferente la banda horaria de 16:00 horas a 20:00 horas, para el profesorado con horario diurno y de 9:00 horas a 13:00 horas, para los que tengan jornada laboral de tarde.
• En los centros y aulas de Educación Especial, el profesorado se conectará de forma regular con aquellos alumnos que, por su nivel y destreza, puedan seguir actividades en esta situación de docencia no presencial. Dada la especificidad de este alumnado, no se reproducirá el horario habitual de las clases presenciales. El profesorado establecerá el horario de conexiones más acorde con las necesidades de estos alumnos, informando con detalle del mismo a las familias y a la Unidad Técnica de Atención a la Diversidad y Convivencia. En cualquier caso, este horario respetará el límite de horas establecidas en el horario individual de estos docentes. Los tutores mantendrán de forma periódica comunicación con las familias.
• En cualquier caso entre la finalización de una jornada laboral y el inicio de la siguiente, deberán transcurrir, como mínimo, 12 horas.
• Los días no lectivos y festivos, se procederá a la desconexión telemática. No se podrá asignar ninguna tarea y/o reunión por parte de los equipos directivos al resto de los componentes del claustro.
• En este escenario el proceso de enseñanza-aprendizaje se centrará en los aspectos curriculares considerados esenciales en cada área, materia y/o módulo para la consecución de las competencias. Los contenidos impartidos serán prácticos y significativos, a través de una metodología especialmente práctica e interactiva. A tal fin, las programaciones didácticas se reajustarán a las necesidades de este nuevo escenario. En las mismas se priorizarán los contenidos, criterios de evaluación e instrumentos y procedimientos de evaluación que resulten adecuados a esta situación educativa. De estas modificaciones se informará debidamente al alumnado, a las familias y al Servicio de Inspección de Educación.
• En este escenario se potenciará la acción tutorial. Se hará especial hincapié en aspectos relacionados con la educación emocional, la sociabilidad y la empatía, entre otros. Asimismo, se trabajarán técnicas y métodos de estudio.
• En cumplimiento del ‘Protocolo General de Organización para el Desarrollo de la Actividad Educativa en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el curso 2020-2021, de aplicación hasta el fin de la crisis sanitaria’, el centro habrá cubierto o comunicado a la Consejería de Educación las necesidades en materia de equipamiento y/o conexión. En todo caso, si llegado a este escenario algún docente no dispusiera de los medios necesarios para la docencia telemática, el centro educativo le facilitará el mismo para que pueda realizarla. En caso de que el centro educativo no dispusiera de equipos en número suficiente, deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento de la Consejería, con el fin de que ésta pueda suministrarle los mismos y garantizar el derecho a la Educación del alumnado.
• Ante un eventual escenario de confinamiento que conllevara la suspensión de la docencia presencial, y en el caso de que las autoridades sanitarias permitiesen que los centros educativos permaneciesen abiertos, los docentes que voluntariamente lo manifestasen o aquellos que no dispusieran del equipamiento tecnológico adecuado podrían realizar su función docente telemática desde el mismo. En ese supuesto, algún integrante del equipo directivo deberá estar presente en el centro, así como el personal de servicios que la dirección del centro considere necesario.